. " ART\u00CDCULO NUEVO \n \n \nLa indicaci\u00F3n n\u00FAmero 25, de las y los convencionales constituyentes Cubillos, Hube y Z\u00FA\u00F1iga, incorpora el siguiente art\u00EDculo entre los art\u00EDculos 10 y 15 aprobados: \n \n\u201CEl terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los Derechos Humanos y quienes cometan estas conductas, individual o colectivamente, constituyen un peligro para la sociedad. \n \n \nUna ley de quorum calificado en ejercicio determinar\u00E1 las conductas terroristas y su penalidad. \n \n \nLos responsables de estos delitos quedar\u00E1n inhabilitados por el plazo de quince a\u00F1os para ejercer funciones o cargos p\u00FAblicos, sean o no de elecci\u00F3n popular; para ser rector o director de establecimiento de educaci\u00F3n o para ejercer en ellos funciones de ense\u00F1anza; para explotar un medio de comunicaci\u00F3n social o ser director o administrador del mismo, o para desempe\u00F1ar en \u00E9l funciones relacionadas con la emisi\u00F3n o difusi\u00F3n de opiniones o informaciones; ni podr\u00E1 ser dirigente de organizaciones pol\u00EDticas o relacionadas con la educaci\u00F3n o de car\u00E1cter vecinal, profesional, empresarial, sindical, estudiantil o gremial en general, durante dicho plazo. Lo anterior se entiende sin perjuicio de otras inhabilidades o de las que por mayor tiempo establezca la ley. \n \n \nLos delitos a que se refiere el inciso anterior ser\u00E1n considerados siempre comunes y no pol\u00EDticos para todos los efectos legales y no proceder\u00E1 respecto de ellos el indulto particular ni amnist\u00EDa\u201D. \n \n \n- La Comisi\u00F3n, por la mayor\u00EDa de sus integrantes, convencionales constituyentes Arauna, Arellano, Atria, Bassa, Cancino, Carrillo, Catrileo, Flores, Gallardo, Gar\u00EDn, Hurtado, Madriaga, Montero, Namor, P\u00E9rez, Politzer, Schonhaut y Sep\u00FAlveda, la rechaz\u00F3. Votaron a favor las y los convencionales constituyentes Celis, Chahin, Cubillos, Hube, Monckeberg, Navarrete y Z\u00FA\u00F1iga (7 x 18 x 0 abst.). \n \n \nART\u00CDCULO NUEVO \n \n \nLa indicaci\u00F3n n\u00FAmero 26, de las y los convencionales constituyentes Cubillos, Hube y Z\u00FA\u00F1iga, incorpora el siguiente art\u00EDculo entre los art\u00EDculos 15 y 16 aprobados: \n \n \n\u201CAl Presidente de la Repu\u0301blica le correspondera\u0301 designar y remover a los comandantes en jefe del Ej\u00E9rcito, de la Armada y de la Fuerza A\u00E9rea de acuerdo a las respectivas las leyes. Los comandantes en jefe de las tres ramas de las Fuerzas Armadas ser\u00E1n designados por el Presidente de la Rep\u00FAblica de entre los cinco oficiales generales de mayor antig\u00FCedad, que re\u00FAnan las calidades que los respectivos estatutos institucionales exijan para tales cargos; durar\u00E1n cuatro a\u00F1os en sus funciones y no podr\u00E1n ser nombrados para un nuevo per\u00EDodo. El Presidente de la Rep\u00FAblica dispondr\u00E1 de acuerdo a las leyes respectivas, los nombramientos, ascensos y retiros de los Oficiales de las Fuerzas Armadas. El procedimiento de remoci\u00F3n, por su parte, deber\u00E1 ser establecido en las leyes correspondientes a cada instituci\u00F3n\u201D. \n \n \n- La Comisi\u00F3n, por la mayor\u00EDa de sus integrantes, convencionales constituyentes Arauna, Arellano, Atria, Bassa, Cancino, Carrillo, Catrileo, Chahin, Flores, Gallardo, Gar\u00EDn, Hurtado, Madriaga, Montero, Namor, P\u00E9rez, Politzer, Schonhaut y Sep\u00FAlveda, la rechaz\u00F3. Votaron a favor las y los convencionales constituyentes Celis, Cubillos, Hube, Monckeberg, Navarrete y Z\u00FA\u00F1iga (6 x 19 x 0 abst.). \n \n " . . . . . . . . .