rdf:value = " ---N°173.Rebolledo y Ossandón. Para sustituir en inciso penúltimo del artículo la expresión “El legislador no podrá́ prohibir la huelga.”, por la siguiente: “El ejercicio del derecho a huelga deberá llevarse a cabo cumpliendo siempre con los requisitos y la forma dispuesta en la ley.”.
Sometida a votación se rechazó (9 votos a favor,19 votos en contra, 5 abstenciones).
"