rdf:value = " El Honorable Diputado señor Longton solicitó información de cuántos jóvenes infractores de ley que ya cumplieron su mayoría de edad están hoy en el SENAME, porque el delito se cometió cuando eran adolescentes (este dato servirá para definir el concepto de joven).
Además, preguntó por la situación de las personas naturales que podrían ejecutar servicios de reinserción a jóvenes infractores de ley. Esta es una modificación estructural que introdujo la Cámara de Diputados, y es un punto a resolver en esta instancia. Si bien se observan ventajas al respecto, pues en algunas regiones no existe una oferta de organismos acreditados (especialmente en zonas rezagadas), también hay desventajas, porque los organismos acreditados poseen un nivel de cumplimiento y seguimiento de requisitos objetivos para ejecutar un servicio acorde a las necesidades de los jóvenes.
En lo que atañe a la administración provisional, el señor Diputado abogó por la necesidad de definir la mejor fórmula, pues mientras el Senado se decantó por la existencia de requisitos objetivos, la Cámara de Diputados optó sólo por indicios de vulneraciones de derechos de jóvenes infractores de ley.
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