. . "Participacion "^^ . . " El Honorable Diputado se\u00F1or Longton solicit\u00F3 informaci\u00F3n de cu\u00E1ntos j\u00F3venes infractores de ley que ya cumplieron su mayor\u00EDa de edad est\u00E1n hoy en el SENAME, porque el delito se cometi\u00F3 cuando eran adolescentes (este dato servir\u00E1 para definir el concepto de joven).\n \n \nAdem\u00E1s, pregunt\u00F3 por la situaci\u00F3n de las personas naturales que podr\u00EDan ejecutar servicios de reinserci\u00F3n a j\u00F3venes infractores de ley. Esta es una modificaci\u00F3n estructural que introdujo la C\u00E1mara de Diputados, y es un punto a resolver en esta instancia. Si bien se observan ventajas al respecto, pues en algunas regiones no existe una oferta de organismos acreditados (especialmente en zonas rezagadas), tambi\u00E9n hay desventajas, porque los organismos acreditados poseen un nivel de cumplimiento y seguimiento de requisitos objetivos para ejecutar un servicio acorde a las necesidades de los j\u00F3venes. \n \n \nEn lo que ata\u00F1e a la administraci\u00F3n provisional, el se\u00F1or Diputado abog\u00F3 por la necesidad de definir la mejor f\u00F3rmula, pues mientras el Senado se decant\u00F3 por la existencia de requisitos objetivos, la C\u00E1mara de Diputados opt\u00F3 s\u00F3lo por indicios de vulneraciones de derechos de j\u00F3venes infractores de ley.\n \n " . . . .