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- rdf:value = " Inciso tercero
- El Senado, en primer trámite constitucional, dispuso que el Servicio proveerá las prestaciones correspondientes directamente o a través de organismos acreditados, en conformidad a lo dispuesto por la ley N° 20.084.
- La Cámara de Diputados, en el segundo trámite constitucional, precisó que el Servicio, en cumplimiento de su objeto, proveerá las prestaciones correspondientes, asegurando la oferta pública en todas las regiones del país, directamente o a través de organismos acreditados, en conformidad a lo dispuesto por la ley N° 20.084.
Luego de que los representantes del Ejecutivo recomendaran acoger la enmienda de la Cámara de Diputados, el Honorable Senador señor Walker estuvo por aprobar dicha idea, en la medida que aclara la obligación del Estado en este ámbito, sin perjuicio de la posibilidad de llevar a cabo su función a través de organismos colaboradores.
- Sometida a votación la propuesta de la Cámara de Diputados, fue aprobada por la unanimidad de los miembros presentes de la Comisión Mixta, Honorables Senadores señora Ebensperger y señores García y Walker y Honorables Diputados señores Coloma, Longton y Soto Ferrada.
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