" \nIndicaci\u00F3n N\u00B0 34\n \nDe los Honorables Senadores se\u00F1ores Elizalde y Latorre, plantea agregar a continuaci\u00F3n de la expresi\u00F3n \u201Cpacto electoral\u201D, la oraci\u00F3n: \u201Csin perjuicio del procedimiento de correcci\u00F3n establecido en los incisos segundo y tercero del art\u00EDculo 19 de la ley N\u00B018.700.\u201D.\n \n\tEn virtud de las indicaciones subsumidas anteriormente, la Comisi\u00F3n acord\u00F3 a\u00F1adir como oraci\u00F3n final para el p\u00E1rrafo final de la regla N\u00BA 2, la siguiente redacci\u00F3n: \u201C, sin perjuicio del procedimiento de correcci\u00F3n establecido en los incisos segundo y tercero del art\u00EDculo 19 de la ley N\u00BA 18.700, debiendo justificarse por el partido o pacto la inobservancia ante el Servicio Electoral.\u201D.\n \n - Sometida a votaci\u00F3n esta indicaci\u00F3n, fue aprobada con la enmienda se\u00F1alada por la unanimidad de los miembros de la Comisi\u00F3n, Honorables Senadores se\u00F1oras Carvajal y Ebensperger, y se\u00F1ores Elizalde, Galilea y Walker.\n \nRegla N\u00BA 3. \n \n\tEstablece que para la distribuci\u00F3n y asignaci\u00F3n de esca\u00F1os del Consejo Constitucional se seguir\u00E1n las siguientes normas:\n \n\ta) El sistema electoral para el Consejo Constitucional se orientar\u00E1 a conseguir una representaci\u00F3n equitativa de hombres y mujeres, entendi\u00E9ndose esto como 25 mujeres y 25 hombres o que un sexo no supere al otro en m\u00E1s de uno.\n \nLetra a)\n \n \nIndicaci\u00F3n N\u00B0 35\n \n De los Honorables Senadores se\u00F1ores Elizalde y Latorre, sugiere eliminar la oraci\u00F3n \u201Co que un sexo no supere al otro en m\u00E1s de uno\u201D.\n \n - Sometida a votaci\u00F3n esta indicaci\u00F3n, fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisi\u00F3n, Honorables Senadores se\u00F1oras Carvajal y Ebensperger, y se\u00F1ores Elizalde, Galilea y Walker.\n \n \n " . . . . . . . . .