. . . "Participacion "^^ . . . . . . " Modificaci\u00F3n nueva\n \nLa indicaci\u00F3n n\u00FAmero 1), de los Honorables Senadores se\u00F1ora Provoste, y se\u00F1ores Espinoza y Quintana, es para contemplar en el art\u00EDculo 2, la siguiente enmienda, nueva, a la ley N\u00B0 21.040:\n \n \u201C\u2026.- Reempl\u00E1zase el inciso tercero del art\u00EDculo 16 por el siguiente:\n \n \u201CCada Servicio Local deber\u00E1 crear oficinas locales en a lo menos cada una de las comunas del territorio de competencia del Servicio.\u201D.\u201D.\n \n \tLa norma que se propone enmendar en virtud de esta indicaci\u00F3n, es del siguiente tenor:\n \n \u201CCada Servicio Local podr\u00E1 crear oficinas locales, mediante decreto fundado del Ministerio de Educaci\u00F3n, cuando sea necesario por razones de buen servicio y para el adecuado cumplimiento de sus funciones, en atenci\u00F3n a razones de distancia, conectividad y concentraci\u00F3n de matr\u00EDcula, entre otras. Tambi\u00E9n podr\u00E1 hacerlo a propuesta del Comit\u00E9 Directivo Local respectivo.\u201D.\n \nLa Honorable Senadora se\u00F1ora Provoste explic\u00F3 que la modificaci\u00F3n propuesta se inspira en una solicitud de los funcionarios de los DAEM, y tiene por objeto descentralizar los Servicios Locales y acercarlos a las comunidades educativas; as\u00ED como ampliar la cantidad de puestos de trabajo disponibles. Sin embargo, reconoci\u00F3 el car\u00E1cter inadmisible de la enmienda planteada.\n \n Al efecto, el se\u00F1or Ministro declar\u00F3 que, en atenci\u00F3n la necesidad de que los distintos actores de las comunidades puedan interactuar m\u00E1s directamente con los SLEP, se incorporar\u00E1 una medida en esta l\u00EDnea en el proyecto de reforma de la ley N\u00B0 21.040, que crea el Sistema de Educaci\u00F3n P\u00FAblica, que ser\u00E1 presentado prontamente.\n \n - La indicaci\u00F3n n\u00FAmero 1) fue retirada por sus autores.\n \n " .