rdf:value = " El Honorable Senador señor Ossandón consultó al Personero de Gobierno cómo si tipificará la actuación de una persona que ingresa a una casa, cuyos habitantes duermen en su interior, destrozando la puerta.
Juzgó que conforme a la explicación dada, tal ilícito no podría calificarse como violento.
Al efecto, el Ministro Secretario General de la Presidencia, señor Álvaro Elizalde, aseguró que en tal caso se trataría de un robo en lugar habitado y no de usurpación.
Acto seguido, insistió en la necesidad de separar, tal como lo hace la legislación penal vigente, la violencia o intimidación en las personas de la fuerza en las cosas.
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