rdf:value = " 2. De la diputada Barchiesi, para sustituir el numeral 2; por el siguiente:
“Agréguese en el artículo 9° un nuevo inciso segundo del siguiente tenor:
“Para los efectos del diseño de los criterios de la Pauta Unificada de Evaluación Inicial de Riesgos, se tendrá en consideración los siguientes principios:
a) No discriminación de las víctimas.
b) Priorización de la seguridad de las víctimas. c) No revictimización.
d) Enfoque centrado en las víctimas.
e) Protección especial de niños, niñas y adolescentes, personas en situación de discapacidad y otras personas vulnerables.”
"