rdf:value = " La diputada Veloso señaló que en el artículo 4 de la ley N° 21.378 se hace alusión a la forma en que alguien puede deshacerse de la tobillera, cuando se dice: “el que dolosamente arrancare, destruyere, o hiciera desaparecer” […]. Al respecto, preguntó si se conoce el protocolo que tiene Gendarmería cuando lo anterior ocurre.
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