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- rdf:value = " Al artículo 1°, los diputados señores José Miguel Castro, Andrés Longton y Diego Schalper, presentaron las siguientes indicaciones:
“Reemplázase, en el inciso primero del artículo 1° la palabra “privadas” por “que prestan servicios esenciales y las calificadas como operadores de importancia vital”.”.
“Introdúcense las siguientes modificaciones al inciso segundo del artículo 1°:
i. Sustitúyase la frase “a los ministerios, las delegaciones presidenciales regionales y provinciales, los gobiernos regionales, las municipalidades, las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y los órganos y servicios públicos creados para el cumplimiento de la función administrativa” por “aquellos indicados en el inciso segundo del artículo 1º del DFL Nº1-19.653 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y las empresas del Estado y sociedades en que éste tiene una participación accionaria superior al 50% o designa a la mayoría de los miembros de su Directorio.”;
ii. Sustitúyase la oración: “Los órganos autónomos constitucionales se ajustarán a las disposiciones de esta ley que así lo señalen” por “Los órganos autónomos constitucionales dictarán su propia normativa y quedarán sujetos a su propia tutela, sin perjuicio de la cooperación y asistencia que sus normativas propias dispongan”;
iii. Suprímase lo siguiente “No se aplicarán las disposiciones de esta ley a las empresas públicas creadas por ley y a las empresas del Estado y sociedades en que éste tenga participación accionaria superior al 50% o mayoría en el directorio, salvo que sean calificadas como operadores de importancia vital”.
“Sustitúyase el inciso tercero del artículo 1° por el siguiente: “La institucionalidad establecida por esta ley orientará sus acciones para lograr el más alto nivel de ciberseguridad con el objetivo de mejorar el funcionamiento de los mercados y los servicios que las instituciones públicas y privadas entregan a la ciudadanía.”
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