. . . . " El se\u00F1or DE URRESTI.- \nPresidente , me gustar\u00EDa que el Ejecutivo pudiera aclarar, para que quede en la historia de la ley de las indicaciones, que este no es el sue\u00F1o h\u00FAmedo de muchos de tener la posibilidad de relativizar la Ley de Humedales Urbanos. Porque aqu\u00ED nosotros tenemos una presi\u00F3n que no solo es del mundo de la construcci\u00F3n, sino tambi\u00E9n, desgraciadamente, de una cantidad de Ministerios que est\u00E1n bregando por la misma situaci\u00F3n.\n \nSi en este pa\u00EDs se ha conseguido dictar una ley de la rep\u00FAblica que brinda protecci\u00F3n a los humedales, al menos, urbanos, no podemos relativizarla a trav\u00E9s de la Ley de Presupuestos.\n \nMe gustar\u00EDa que la redacci\u00F3n de la indicaci\u00F3n sea clara y que en la historia de la ley figure que de ninguna manera puede relativizarse la normativa sobre humedales urbanos o construirse en este tipo de sistema. \nEl principio de no regresi\u00F3n es un principio b\u00E1sico en la Ley de Cambio Clim\u00E1tico.\n \n " . . . .