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    • rdf:value = " El señor DE URRESTI.- Gracias. En mi calidad de Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, me corresponde informar en general el proyecto de ley en referencia, en primer trámite constitucional, iniciado en mensaje de Su Excelencia la Vicepresidenta de la República , señora Carolina Tohá Morales . Se dio cuenta de esta iniciativa en la sala del Senado, en sesión del 18 de octubre de 2023, disponiéndose su estudio por las comisiones de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento y la de Hacienda. El objetivo de este proyecto es, en síntesis, reforzar las herramientas y recursos del Ministerio Público para mejorar la eficacia de la investigación y la persecución penal, y la atención a víctimas y testigos de delitos, de manera de ampliar la cobertura que presta actualmente. Es del caso señalar que sus artículos 1° y 2°, en cuanto modifican la ley N° 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, requieren para ser aprobados el voto favorable de la mayoría absoluta de los senadores en ejercicio, con arreglo a lo prescrito con los artículos 84 y 66, inciso segundo, de la Constitución Política de la República. Para el estudio del proyecto ante esta instancia parlamentaria, además de los honorables senadores que componen la comisión, asistieron los honorables senadores señora Gatica y señor Castro González . Asimismo, concurrieron el ministro de Justicia y Derechos Humanos; el subsecretario de Prevención del Delito del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el fiscal nacional del Ministerio Público; el defensor nacional de la Defensoría Penal Pública; el director de Justicia y auditor general de Carabineros; el director general subrogante de la Policía de Investigaciones; el presidente y directora nacional de la Asociación Nacional de Fiscales; el presidente de la Asociación Nacional de Funcionarios del Ministerio Público; la presidenta de la Asociación de Funcionarios de la Fiscalía Regional Metropolitana Sur; la presidenta de la Asociación de Profesionales de la Fiscalía; el presidente de la Federación Nacional del Ministerio Público; la presidenta de la Asociación de Funcionarios de la Fiscalía Centro Norte, entre otros invitados. La iniciativa que ha conocido la Comisión de Constitución consta de tres artículos permanentes y seis artículos transitorios, mediante los cuales se introducen modificaciones a la ley N° 19.640, Orgánica Constitucional del Ministerio Público, y a la ley N° 20.240, que perfecciona el sistema de incentivos al desempeño de los fiscales y de los funcionarios del ente persecutor, buscando hacer frente a la evolución del fenómeno delictivo, que ha experimentado en los últimos años un incremento considerable, particularmente en la comisión de delitos violentos, caracterizados por la intervención de grupos organizados en su perpetración. En este contexto, la iniciativa de ley en informe considera los siguientes ejes: Primero, incremento en la dotación del personal, que contempla la tramitación de causas, el fortalecimiento en la atención de víctimas y testigos y la creación de la Unidad de Supervisión de la Persecución Penal. Segundo, asignación profesional para administrativos y auxiliares que reúnan ciertos requisitos. Tercero, perfeccionamiento de los mecanismos de gestión institucional e incentivos remuneracionales. Cuarto, modificación del modelo orgánico del Ministerio Público. Quinto, disposiciones transitorias sobre la entrada en vigencia y otros detalles. Es del caso mencionar que se propone impulsar la labor realizada por los fiscales y funcionarios del Ministerio Público por medio de un incremento de dotación de ochocientos diecinueve cargos, correspondientes a cuatro jefes de unidad; doscientos cinco fiscales adjuntos; trescientos treinta y siete profesionales; ciento dieciocho técnicos; ciento cincuenta administrativos, y cinco auxiliares. Lo anterior se realizará en un período de cuatro años desde la publicación de la presente ley. Respecto a los fines que persigue el incremento de dotación de fiscales y funcionarios, se expusieron en la comisión los siguientes objetivos: Aumento de personal para la tramitación de causas, vinculado a la creación y reforzamiento de las unidades especializadas dedicadas a la tramitación de delitos de mayor complejidad y violencia, fortaleciendo la operación de los sistemas de turno y flagrancia, y mejorando la respuesta en las primeras horas siguientes a la comisión de un hecho delictual. Asimismo, el proyecto contempla un incremento de fiscales dedicados a la tramitación de causas en los juzgados de garantía y tribunales de juicio oral en lo penal. Este incremento permitirá llegar a una dotación de mil fiscales adjuntos. Fortalecimiento de la atención de víctimas y testigos, en base a un modelo enfocado en proporcionar atención oportuna y fomentar la comunicación con los usuarios, en especial en el caso de aquellas víctimas de delitos que, por la naturaleza del ilícito, requieran un trato personalizado, como en los casos de violencia intrafamiliar, delitos sexuales e ilícitos que involucren a niños, niñas y adolescentes. En cuanto a modificaciones al modelo orgánico del Ministerio Público, el proyecto persigue, entre otras cosas, la creación de un Sistema de Supervisión de la Persecución Penal, que permitirá mantener un criterio de unidad, acción y control de los mecanismos de persecución penal; la reincorporación de los fiscales regionales como fiscales adjuntos una vez concluido su período; la reestructuración de divisiones funcionales, y el perfeccionamiento de los mecanismos de gestión institucional e incentivos remuneracionales para fiscales y funcionarios del Ministerio Público. Todos estos propósitos se fundan en la experiencia y en las debilidades detectadas en el sistema actual. Es cuanto puedo informar, señor Presidente. "
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