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- rdf:value = " El señor ARAYA.-
Gracias, Presidente.
Dos años y medio después de iniciado el actual Gobierno, estamos dando un paso importante en la agenda de cambios comprometida por el Presidente de la República al someter a la aprobación de este Senado la primera etapa del pacto fiscal, centrada en el cumplimiento tributario y el fortalecimiento de la institucionalidad pública responsable de esta función.
La meta de recaudación de esta reforma, en régimen, es de un 1,5 por ciento del PIB, que equivale a 4.500 millones de dólares.
Presidente, quiero partir mi exposición destacando algunos elementos que merecen ser considerados de manera particular.
En primer término, esta reforma, en sus inicios, fue fuertemente resistida por la oposición. Luego de un trabajo técnico y político, encabezado por el ministro de Hacienda , se logró un acuerdo en el Senado que permitió viabilizar la reforma, una más modesta que la presentada originalmente. Pero así es la democracia: hay que negociar, ceder y buscar puntos de encuentro para alcanzar los acuerdos.
Este ejercicio de diálogo y entendimiento muestra lo mejor de la política, particularmente en un momento como el presente, en que resulta tan importante dar al país señales de responsabilidad política y compromiso institucional.
En segundo lugar, deseo referirme en términos generales a algunos contenidos de la reforma propiamente tal.
1) Es importante partir destacando el perfeccionamiento y fortalecimiento de la norma antielusión. Una ley de impuestos que no se cumpla es algo malo para todos los actores del sistema social y económico del país.
Si bien respaldo los avances logrados en esta materia, tengo que señalar que, lamentablemente, la reforma no innovó en cuanto a la carga de la prueba, manteniéndola en el Servicio de Impuestos Internos. Existen hipótesis de tal gravedad en que se pudo y debió haber invertido la carga de la prueba, dejando en quien elude la obligación demostrar la licitud de su entramado jurídico. Habrá que estar atentos y abiertos a evaluar mejoras continuas a las reglas para combatir la elusión.
2) En la misma línea de fortalecer el cumplimiento tributario, se generaron nuevos instrumentos y mecanismos, como el Plan Anual de Gestión de Cumplimiento Tributario; se incorporaron nuevas reglas para la fiscalización del grupo empresarial; se actualizaron las normas relativas al sistema de cálculo de los intereses penales en caso de mora en el pago de impuestos; se avanzó en las obligaciones de bancos e instituciones financieras para reportar información al Servicio de Impuestos Internos sobre transacciones bancarias a una cuenta. Asimismo, otros avances importantes son la figura del denunciante anónimo, la colaboración sustancial y la multijurisdicción.
3) Otro punto que me parece importante destacar es la propuesta de gobernanza o gobierno corporativo para el Servicio de Impuestos Internos. En este sentido, se considera la creación de un comité ejecutivo (interno) y un consejo tributario (externo). A la vez, se mantiene una autoridad máxima unipersonal, el director del Servicio, escogido por el sistema de Alta Dirección Pública.
Estas instancias colegiadas tienen ventajas importantes en cuanto a acotar la discrecionalidad en las decisiones, estandarizar criterios, reducir riesgos de captura e incorporar distintas perspectivas en la toma de decisiones. Sin embargo, en el ejercicio de las acciones punitivas del Servicio (aplicación de sanciones, presentación de denuncias o querellas, celebración de transacciones, etcétera), al colegiar la decisión, se corre el riesgo de terminar arbitrando estas decisiones, primando estos criterios por sobre el mérito de la causa. Además, pueden generarse dilaciones y compensaciones recíprocas en la toma de decisiones.
Habrá que estar atento a la implementación de esta nueva institucionalidad.
4) En cuanto al secreto bancario, el proyecto propone un cambio en las reglas que regulan el acceso del Servicio a la información bancaria de los contribuyentes sujetos a un proceso de fiscalización.
La modificación propuesta da cuenta de una cuestión evidente: la desconfianza. El nuevo procedimiento es tan enrevesado que no resulta claro que sea un avance. Es más, puede constituir un verdadero retroceso respecto del procedimiento actualmente vigente.
Pese a todos los cambios que se introdujeron en el gobierno corporativo del Servicio, se mantiene el sesgo de un sector político que se confunde con los intereses económicos: no se cree que el Servicio de Impuestos Internos pueda ejercer prudencialmente la facultad de acceder a la información bancaria de los contribuyentes.
La desconfianza en la potestad administrativa del Servicio olvida u omite que solo conociendo los incrementos patrimoniales y de rentas de las personas no justificados a través de ingresos formales se puede detectar la huella del dinero ilícito.
En esta materia algunos sectores políticos actúan con un doble estándar que resulta incomprensible.
5) Se incorporan nuevos agentes económicos obligados a iniciar actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. En este sentido, las siguientes entidades deberán exigir la acreditación correspondiente:
a) Los órganos de la Administración del Estado, gobiernos regionales y municipalidades, respecto de las personas jurídicas que desarrollan alguna actividad económica con fines sociales.
b) Los administradores, operadores o proveedores de medios de pago electrónico, respecto de quienes contraten sus servicios a efectos de desarrollar una actividad económica.
c) Los operadores de plataformas digitales de intermediación que permitan operaciones entre terceros para la adquisición de bienes o servicios, respecto de las entidades que ofrecen sus productos.
Presidente, antes de concluir esta exposición, me quiero referir brevemente a las fuentes de recaudación de la reforma.
Según lo que hemos visto, grupos empresariales aportarán un 0,71 por ciento; las brechas de IVA y el comercio informal, un 0,28 por ciento; las medidas antielusión y otras, un 0,51 por ciento. Ello da un total de 1,5 por ciento.
Esta sería la composición en régimen de los ingresos tributarios que aportaría la reforma que estamos discutiendo.
No existe mucha novedad en decir que las necesidades son muchas y los recursos para cubrirlas son pocos. Siendo así, cualquier nuevo recurso fiscal es indispensable. Sin embargo, siempre se debe hacer un examen de ponderación a la hora de gravar una actividad económica.
En tal sentido, quisiera llamar particularmente la atención sobre los costos que se aplicarán a las compras a través de plataformas digitales. Ciertamente, este tributo se ajusta a un principio de equidad tributaria. Pero, junto con ello, se va a generar un desincentivo al comercio electrónico, actividad que ha ido aumentando crecientemente en nuestro país. Es necesario ponderar los ingresos fiscales que se generarían con esta medida versus los efectos en el desarrollo y la expansión del comercio digital.
Señor Presidente, aun cuando esta reforma queda corta en varios aspectos y en otros puede resultar simplemente negativa, votaré a favor de su contenido.
Gracias.
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