
-
http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/706102/seccion/akn706102-po1-ds5-ds70
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/706102/seccion/akn706102-po1-ds1
- bcnres:esParteDe = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/documento/706102
- bcnres:tieneCalidad = http://datos.bcn.cl/recurso/cl/cargo/2
- bcnres:tieneEmisor = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1778
- rdf:value = " El señor COLOMA.-
Yo voy a hacer una interpretación.
El concepto de liquidación es distinto. Aquí lo que se está haciendo no es liquidar el bien, sino liquidar la deuda. O sea, se dice: "Esto es lo que hay". Y esto lo vimos en la Comisión.
El artículo señala: "Por su parte, una vez que la existencia de abuso o simulación se encuentre firme". O sea, estaban los recursos que podían existir, por decirlo de alguna manera; solo así se pueden emitir después los giros. Es distinto.
El tema cautelar no tiene que ver, ya que es una liquidación. Me impresiona que se entienda que se va a liquidar el bien. Aquí no hay un tema de bienes, sino una liquidación de deuda. Por eso lo relativo a la cautelar no tiene mucho que ver en este estado. Después, cuando se emita el giro, habrá una cautelar o se llevará a cabo otro procedimiento. Mi impresión es que por ahí puede venir el sentido de la indicación, porque una cosa es liquidar la deuda y otra muy distinta liquidar un bien.
"
- bcnres:tieneTipoParticipacion = bcnres:Intervencion
- bcnres:tieneReferencia = http://datos.bcn.cl/recurso/persona/1778
- rdf:type = bcnres:SeccionRecurso
- rdf:type = bcnres:Participacion