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El Honorable Senador señor Kast expresó que en el literal e) del punto 2 del compromiso se establece que se explicitará que el administrador del FAPP deberá, en función de los estudios actuariales que está obligado a realizar, sugerir adecuaciones a los parámetros (tamaño óptimo y plazos) que inciden sobre sus ingresos y/o a los beneficios que entrega, si se constata un sobredimensionamiento del fondo para la eficiente y eficaz cumplimiento de sus funciones.
Sobre este punto consultó al señor Ministro de Hacienda si es correcto establecer que sea el administrador el que sugiera esto o si acaso no debiera ser una institucionalidad más autónoma que lo esté observando y proponiendo la optimización de parámetros.
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