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    • rdf:value = " La señorita MIX, doña Claudia (Presidenta accidental).- Tiene la palabra el diputado informante. El señor IBÁÑEZ (de pie).- Señorita Presidenta, en mi calidad de diputado informante de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social, me corresponde informar ante esta Sala sobre el proyecto de ley, iniciado en moción de los señores Boris Barrera , Luis Cuello , Eduardo Durán , Andrés Giordano , Tomás Hirsch , Diego Ibáñez , Juan Santana y Héctor Ulloa , que modifica la ley N° 18.700, sobre votaciones populares y escrutinios, con el objeto de otorgar un día de permiso laboral a quienes ejercen como vocales de mesa en elecciones y plebiscitos. La moción con la cual sus autores inician este proyecto de ley señala que los días 26 y 27 de octubre del año 2024 se llevaron a cabo las elecciones de gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales en todo el país. En dicho evento participaron como vocales de mesa 116.012 personas, quienes realizaron un arduo trabajo durante los dos días, incluso velando por el desarrollo del proceso hasta altas horas de la madrugada del lunes 28 de octubre. Hace presente, asimismo, que la gran mayoría de ciudadanas y ciudadanos que realizaron la tarea de vocales de mesa se vieron obligados a asistir a sus trabajos de manera normal el lunes siguiente a la elección, sin considerar que las personas designadas como vocales de mesa realizaron sus labores durante más de ocho horas el día sábado y más de catorce horas el día domingo. Tras una maratónica jornada de elecciones municipales y regionales, las quejas de los vocales de mesa se tomaron la opinión pública. Los encargados de contar los votos relataron experiencias agotadoras, marcadas por horas interminables de trabajo, que en algunos casos se extendieron hasta las 2 o 3 de la mañana del lunes 28 de octubre. Del mismo modo, manifiesta que es innegable que los vocales de mesa desempeñan un rol fundamental para la democracia de este país, garantizando la transparencia y la legitimidad del proceso electoral, y que su labor de vocal de mesa implica responsabilidades y desgaste físico y mental, lo que los debería hacer merecedores de un descanso y compensación adecuados. Esto hace necesario un reconocimiento justo por sus horas invertidas en un proceso democrático. Por ello, los autores de la moción estiman que es justo y correcto reconocer el esfuerzo de los vocales de mesa en el proceso electoral y otorgarles un día de permiso garantizado, e igualdad de condiciones para todas y todos los vocales de mesa, independientemente de su situación laboral o personal. Señalan luego que el costo de otorgar un permiso es un mínimo en comparación con los beneficios de una democracia participativa y transparente. En tal sentido, precisan que la presente propuesta plantea dos medidas. La primera es un permiso compensatorio transitorio, que permite a los vocales que trabajaron los días 26 y 27 de octubre tomar un día de descanso en los sesenta días posteriores a la elección. La segunda es una norma permanente, que modifica el artículo 166 de la ley N° 18.700, para que los vocales de mesa tengan derecho a un día de permiso dentro de los cinco días posteriores a las futuras elecciones. Ambas medidas buscan reconocer el esfuerzo de los vocales en mantener la transparencia y la calidad del proceso electoral, y representan un acto de justicia para los trabajadores. Del mismo modo, manifiestan que muchos ciudadanos y ciudadanas enfrentan conflictos entre sus responsabilidades laborales y el deber cívico de ser vocales de mesa. Un permiso permitiría a los vocales cumplir con su obligación ciudadana sin la presión de tener que asistir al día siguiente al trabajo, o de ausentarse, afectando con ello su remuneración. Creen además que, al otorgar un día de permiso a quienes participan activamente en el proceso electoral, el Estado estaría demostrando su compromiso con el fortalecimiento de la democracia y con el reconocimiento del papel fundamental que juega cada ciudadano en este proceso; son trabajadores silenciosos de la democracia. Durante la discusión particular del proyecto se manifestaron opiniones contrarias a su idea matriz, que cuestionaban que fueran los empleadores quienes debieran asumir los costos de la jornada extendida de los vocales de mesa, que fue provocada por una decisión del Servel, señalando que el Estado debería asumir esa responsabilidad, ya que la decisión de extender las votaciones no fue de los empleadores. Se destaca el impacto en las pymes y los empleados, incluyendo a más de sesenta mil dependientes. Asimismo, expresaron su preocupación por la situación económica actual, advirtiendo que, en un contexto de desaceleración económica, el país no puede permitirse asumir mayores costos. Afirmaron que el proyecto tiene buenas intenciones, pero instaron a considerar la situación fiscal antes de tomar decisiones que impliquen costos fiscales adicionales. No obstante, la mayoría de los miembros de la comisión compartió los fundamentos del proyecto, argumentando que cuidar la democracia no es solo responsabilidad del Estado, sino de toda la sociedad, incluyendo en ello al sector privado, especialmente a las empresas. Afirmaron que el trabajo de los vocales de mesa es fundamental para la democracia, y que el proyecto busca reconocer ese esfuerzo, apoyando la idea de compensar a quienes trabajan hasta altas horas de la madrugada. En ese sentido, la comisión consideró oportuno dejar la discusión sobre la compensación permanente para los vocales de mesa para una reflexión más serena, y abordar en este proyecto una compensación solo para los vocales de mesa de la reciente elección, debido a las largas jornadas de trabajo, proponiendo aprobar un artículo transitorio que ofrece esa compensación. En definitiva, el proyecto de ley que se somete a consideración de esta Sala está compuesto por un artículo permanente, que modifica la ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, agregándole un artículo transitorio que otorga un día de permiso compensatorio a quienes hayan oficiado como vocales de mesa en las elecciones regionales y municipales realizadas los días 26 y 27 de octubre del año 2024. Podrán utilizar ese día a su elección dentro de los sesenta días siguientes a la entrada en vigencia de esta normativa. Sometido a votación en general el proyecto, fue aprobado por 8 votos a favor, 2 en contra y ninguna abstención. Votaron a favor la diputada Daniella Cicardini y los diputados Luis Cuello (Presidente), Eduardo Durán , Andrés Giordano , Diego Ibáñez , Henry Leal , Juan Santana y Alberto Undurraga . Votaron en contra la diputada Ximena Ossandón y el diputado José Miguel Castro (en reemplazo del diputado Frank Sauerbaum) . Finalmente, me permito hacer presente que, a juicio de esta comisión, en este proyecto que se somete a consideración de la Sala no existen normas que revistan el carácter de orgánicas constitucionales ni de quorum calificado. Asimismo, esta comisión determinó que no existen en este proyecto de ley normas que deban ser objeto de estudio por la Comisión de Hacienda, por no incidir ellas en materias presupuestarias o financieras del Estado. Es todo cuanto puedo informar. He dicho. "
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