rdf:value = " El diputado Beltrán preguntó qué ocurriría con aquellas empresas constructoras que, al momento en que entraron en vigencia los artículos 60 y 70, ya hubieran obtenido un subsidio del Ministerio de Vivienda y Urbanismo o contaran con una calificación del Servicio Regional de Vivienda y Urbanización o contaren con un anteproyecto de edificación aprobado por la Dirección de Obras Municipales.
El diputado Fuenzalida aclaró que esta disposición buscaba precisamente viabilizar la ejecución de aquellos proyectos que se encontraran en alguna de las situaciones antes mencionadas al momento en que entró en vigencia la aplicación de los artículos 60 y 70 de la nueva ley de copropiedad inmobiliaria.
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