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    • rdf:value = " El señor MOREIRA.- Sí, efectivamente, me lo había pedido el presidente de la Comisión . Veo que debuta el nuevo ministro de Seguridad con un proyecto que establece un bono transitorio para la Policía de Investigaciones de Chile. ¡Un saludo a quienes integran la PDI, que en este minuto están conectados al canal del Senado por este bono transitorio, del que estaban todos preocupados...! ¡Y el ministro de Seguridad, don Luis Cordero, se ha ocupado especialmente de este tema...! Paso ahora a realizar el informe. Para el análisis de este proyecto de ley asistieron el ministro del Interior ; el jefe de la División de Gestión y Modernización de las Policías, señor Luis Pradenas , y la asesora legislativa señora Patricia Araya . Asimismo, estuvieron presentes los miembros permanentes de la Comisión, con sus respectivos asesores. Como ya mencioné, este proyecto establece un bono transitorio para la Policía de Investigaciones de Chile. Como constancias reglamentarias podemos señalar lo siguiente. La idea matriz o fundamental del proyecto es otorgar, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, un bono mensual para el personal de la Policía de Investigaciones que perciba la gratificación especial de riesgo y la gratificación especial de reacción táctica. La estructura del proyecto aprobado por la Comisión consta de un artículo único y tres disposiciones transitorias. Antes de referirme a su contenido, es importante destacar que este proyecto de ley es consecuencia de un compromiso firmado entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo en el marco de la discusión de la Ley de Reajuste del Sector Público de 2025 con la finalidad de igualar las condiciones de asignación de bonos del personal de la Policía de Investigaciones de Chile y de los funcionarios de Carabineros de Chile. En cuanto a su contenido, el proyecto de ley puede resumirse del siguiente modo. 1) Se propone que durante el 2025 se otorgue un bono mensual al personal de la Policía de Investigaciones de Chile que perciba las gratificaciones especiales de riesgo y de reacción táctica, el cual será de un 10 por ciento y un 2,5 por ciento de su sueldo, respectivamente. 2) Se establece que el mecanismo de determinación del porcentaje que se otorgará a cada beneficiario quedará determinado por un decreto expedido por el nuevo Ministerio de Seguridad Pública, bajo la fórmula "Por orden del Presidente de la República " y firmado, además, por el ministro o la ministra de Hacienda . 3) Por último, los artículos transitorios regulan el plazo en que deberá dictarse el decreto que habilita el pago del bono referido, que debe hacerse en un mes, contado desde la publicación de la ley. El plazo a partir del cual se comenzará a pagar será al mes siguiente de la publicación. Además, se contempla una norma de imputación de gasto fiscal, que obviamente será con cargo al Ministerio del Interior y Seguridad Pública. El debate en la Comisión se concentró en conocer el efecto fiscal y el alcance de la norma en general. Abreviando, la discusión puede resumirse del siguiente modo. En primer lugar, desde el Ministerio del Interior expresaron que el presente beneficio será acotado y, por tanto, solamente aplicable para aquellos funcionarios policiales que desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2025 reciban las gratificaciones especiales de riesgo y de reacción táctica. Los senadores cuestionaron que se esté generando un bono solo por un año, en consideración a que las policías, tanto Carabineros de Chile como la PDI, ejercen una labor permanente. Expresaron que sería deseable que las remuneraciones de las policías fueran trabajadas y atendidas de manera permanente y no solo por un año. Los representantes del Ejecutivo contestaron que se trata de un bono transitorio porque se estaría a la espera de avanzar en la tramitación de otros proyectos de ley globales relacionados con la materia, los cuales pueden implicar mayor tiempo de discusión, sin perjuicio de compartir lo señalado por los senadores en relación con que se debe abordar de una manera permanente la situación remuneracional de las policías. En segundo lugar, la Comisión se mostró muy interesada en la posibilidad de que pueda existir algún pago retroactivo del bono y en la eventualidad de que su imputación presupuestaria respecto a los últimos meses del año 2025 sea con cargo a la Ley de Presupuestos del 2026. Al respecto, quiero señalar que el Ejecutivo contestó que habrá un pago retroactivo... . (se desactiva el micrófono por haberse agotado el tiempo y se vuelve a activar por indicación de la Mesa) Decía que el Ejecutivo contestó que habrá un pago retroactivo por los meses previos a la entrada en vigencia de la ley. Además, agregaron que esperan que la totalidad del bono pueda ser pagada durante el año 2025. Sin embargo, precisaron que el artículo tercero transitorio de la iniciativa legal se pone en el supuesto caso de que, si por alguna eventualidad el bono no se alcanzara a pagar en su integridad en el presente año, pueda ser pagado con cargo al Presupuesto del 2026. Eso, obviamente, no le pareció a la Comisión. Con respecto a la votación del proyecto de ley, es importante informar que todas las normas fueron aprobadas en general por la unanimidad -tal como en el proyecto anterior- de los miembros presentes de la Comisión, senadores García, Lagos, Sandoval y Kast. El informe financiero -y con esto estoy terminando- describe que, considerando la dotación vigente de asistentes policiales y oficiales policiales que reciben la gratificación especial de riesgo y de reacción táctica de la Policía de Investigaciones de Chile, el presente proyecto de ley irrogará un mayor gasto fiscal en 2025 de hasta 481.627 miles de pesos. El mayor gasto fiscal que representa la aplicación de esta ley se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. No obstante lo anterior, el Ministerio de Hacienda, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público, podrá suplementar dicho presupuesto en la parte del gasto que no se pudiese financiar con tales recursos. En los años siguientes se financiará con cargo a los recursos que se establezcan en las respectivas leyes de presupuestos del sector público. En mérito de los acuerdos precedentemente expuestos, la Comisión de Hacienda tiene el honor de proponer a la honorable Sala la aprobación en general de este proyecto de ley. He dado cuenta del informe de la Comisión de Hacienda, señor Presidente. "
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