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    • rdf:value = " El señor BIANCHI (Presidente accidental).- Tiene la palabra el diputado Raúl Leiva . El señor LEIVA.- Señor Presidente, esta es una norma fundamental que avanza en la lucha contra el crimen organizado. Y tiene dos discusiones bien simples. La primera viene a replicar lo que ya establece el artículo 61 en la ley N° 20.000: que los tribunales de justicia y el Ministerio Público deben informar a la Contraloría General de la República respecto de aquellos abogados que patrocinen causas que digan relación con la ley de drogas o ley N° 20.000. ¿Por qué? Porque tienen una inhabilidad para ser funcionarios del Estado. Y el artículo 61 bis que incorpora este proyecto señala algo supersimple: que aquellas personas que actúan como abogados, como mandatarios de personas que están imputadas por la ley N° 20.000, tienen que percibir sus honorarios de alguna forma en donde exista trazabilidad, vale decir, que se pueda dar continuidad y seguir la huella del dinero para que no ocurra, como se pretende, que con recursos del narcotráfico o de otros delitos igualmente graves se financien verdaderas organizaciones que van a defender a estos criminales con el producto de estos crímenes. Por tal razón, felicito al diputado Jaime Araya , que ha insistido mucho en esta propuesta en la Comisión de Seguridad Ciudadana, porque el norte de nuestro país, y particularmente Antofagasta , que es la ciudad que él representa, se ha visto asolado por estas verdaderas bandas no solo de crimen organizado, sino organizadas para defender a narcotraficantes. Por eso, esta iniciativa en caso alguno es óbice o conculca el derecho a defensa. Lo único que hace es determinar que exista trazabilidad para poder establecer claramente que los recursos con los cuales se pagan honorarios sean bien habidos y no producto del propio tráfico de estupefacientes. Por ese motivo, al modificar también la ley N° 19.913, sobre la Unidad de Análisis Financiero (UAF), establece que estos abogados pueden ser objeto de reportes de una operación sospechosa (ROS) en la UAF, vale decir, aquellos agentes o instituciones obligados a reportar una operación sospechosa digan relación con, por ejemplo, abogados que patrocinan causas en materia de narcotráfico. Sin embargo, esto sería mucho más simple si el Senado hubiera aprobado la facultad que tiene la Unidad de Análisis Financiero, sin autorización judicial previa, de poder reportar, solo reportar, a estas personas que reciben estos recursos. Lamentablemente, la derecha en el Senado rechazó esta disposición fundamental que permite transparentar efectivamente los recursos que perciben abogados o personas que se dedican a la defensa de narcotraficantes. Por eso, hay que aprobar la norma propuesta, que va justo en contra de aquellos que defienden el crimen organizado y que en caso alguno conculca alguna garantía individual, sino que, todo lo contrario, persigue a los criminales y a sus defensores. He dicho. "
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