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    • rdf:value = " FORTALECIMIENTO DE AUTONOMÍA DEL MINISTERIO PÚBLICO EN INVESTIGACIÓN Y PERSECUCIÓN DE DELITOS TRIBUTARIOS (PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL. BOLETÍN N° 16533-07) [CONTINUACIÓN]El señor RIVAS (Vicepresidente).- Corresponde continuar la discusión del proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código Tributario para fortalecer la autonomía del Ministerio Público en la investigación y persecución de delitos tributarios, correspondiente al boletín No 16533-07. Para la discusión de este proyecto cada parlamentario dispondrá de cinco minutos para hacer uso de la palabra. Antecedentes: -El debate del proyecto de ley se inició en la sesión 9ª de la presente legislatura, en lunes 7 de abril de 2025, ocasión en que se rindió el informe de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo. El señor RIVAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada Camila Musante . La señorita MUSANTE (doña Camila) .- Señor Presidente, cuando discutimos medidas que nos permiten combatir el crimen organizado, tenemos que hacerlo en diversas escalas. Acaba de finalizar la discusión del proyecto, cuyo autor es el diputado Jaime Araya , que les cierra la puerta a todos esos abogados que, en el ejercicio de su profesión, pretenden lavar activos. Lo propio tenemos que hacer respecto de los delitos tributarios. Todos en esta Cámara recordamos el megafraude o la “operación tributos”, que defraudó al fisco en más de 240.000 millones de pesos, y que fue cometido por un grupo de “empresarios”. A propósito de ese escándalo que vivimos a nivel nacional, vuelve a surgir la idea y la necesidad de contar con una herramienta en el Ministerio Público para perseguir esos delitos y que no queden exclusivamente al arbitrio del Servicio de Impuestos Internos, en particular de su director. Bien sabemos que esos son nombramientos políticos, y para los llamados está Hermosilla, quien dejó bastante claro cómo funciona el sistema, a propósito de los nombramientos de jueces en la Corte Suprema y de notarios, y -por qué no decirloincluso a la hora de tener que perseguir a quienes se roban la plata de todos los chilenos. Con esos 240.000 millones de pesos se hubiesen podido construir 25 cesfam, dos cárceles de alta seguridad o se habrían comprado 9.000 patrullas de carabineros. Ese es el costo de permitir fórmulas de corrupción que no persiguen los delitos tributarios; es quitarles a los chilenos los recursos que van en beneficio de los que más lo necesitan. El proyecto es de toda justicia, porque debemos frenar de una vez por todas la corrupción de cuello y corbata. Acá no se trata solamente de perseguir a las mafias del narcotráfico, sino también a las mafias que se ubican en la élite, incluyendo aquellas que han permitido que un grupo de mal llamados “empresarios” se hayan robado la mitad del país y hayan estafado al fisco. He dicho. El señor RIVAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Hotuiti Teao . El señor TEAO.- Señor Presidente, este proyecto es una demanda directa, desde hace muchos años, al Ministerio Público, porque este organismo se encuentra atado de manos para iniciar la persecución penal ante casos tributarios. De hecho, el fiscal nacional, señor Ángel Valencia , ha reconocido que esta imposibilidad es perjudicial en muchos casos y ha mencionado el caso específico del financiamiento irregular de la política, el caso PentaSQM, como ejemplo práctico. En concreto, el Ministerio Público no tiene la posibilidad de iniciar la investigación de delitos tributarios; solamente lo puede hacer el Servicio de Impuestos Internos, lo cual, claramente, representa una debilidad de nuestro aparato persecutor. Para agravar aún más la situación, estas restricciones, muchas veces, las conocen quienes están interesados en infringir la ley y, por tanto, las aprovechan con facilidad. Para nadie es un secreto que la ciudadanía desconfía, de manera creciente, de todas las instituciones estatales. Por lo tanto, este proyecto puede ser útil para fortalecer la independencia de un organismo público clave para perseguir a delincuentes comunes altamente peligrosos y también a los de cuello y corbata, y recuperar así un poco la confianza de nuestros ciudadanos. Este proyecto llega en un momento clave, justo cuando el gobierno pretende reducir el presupuesto de un organismo tan relevante como es el Ministerio Público, y preocupa que el crimen en nuestro país no sea sancionado y quede impune. Es importante entregarle facultades al Ministerio Público para demostrar, una vez más, que sus actuaciones son esenciales para fortalecer la capacidad del Estado y perseguir a los criminales en todos los espacios. Por último, considerando la legislación comparada, es fácil encontrar una tendencia que implica que la acción penal entre la autoridad tributaria y el organismo persecutor deba ser compartida. En otras palabras, a nivel internacional, países desarrollados, como Estados Unidos, Canadá , Reino Unido, Australia , Francia, entre otros, validan e impulsan lo que procura este proyecto, cual es fortalecer la autonomía del Ministerio Público en la investigación y la persecución de delitos tributarios en nuestro país. Iorana e maururu. He dicho. El señor RIVAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Agustín Romero . El señor ROMERO (don Agustín).- Señor Presidente, hoy votaremos un proyecto que, a mi juicio, representa una corrección jurídica necesaria para fortalecer la eficacia del Estado en la persecución de los delitos tributarios. Y lo haré con la convicción profunda de que esta Cámara no solo debe velar por la letra de la ley, sino también por su espíritu, por su funcionalidad y por la coherencia del orden jurídico que sustenta nuestra institucionalidad. El proyecto que modifica el artículo 162 del Código Tributario permitirá al Ministerio Público iniciar investigaciones de oficio respecto de hechos que revistan caracteres de delitos tributarios, los que hasta hoy solo son perseguidos si existe querella o denuncia de parte del Servicio de Impuestos Internos. La pregunta que debemos hacernos es simple, pero trascendente: ¿puede la acción penal pública depender exclusivamente de la voluntad de un órgano administrativo, por muy técnico que este sea? Para mí la respuesta es clara: no, porque esa dependencia anula la autonomía del Ministerio Público, consagrada en nuestra Constitución, y debilita la igualdad ante la ley, al permitir que unos delitos se investiguen y otros no, no en función de su gravedad, sino en función de una decisión administrativa previa. Nuestra legislación ha establecido de manera excepcional este régimen procesal particular para los delitos tributarios. No es una norma general y, precisamente, por su excepcionalidad, debe ser revisada con celo, porque si bien es cierto el Servicio de Impuestos Internos es el ente especializado en materias tributarias, no le corresponde a este ponderar la conveniencia política, procesal o moral de una persecución penal. En el megafraude tributario saltaron todas las alarmas, pero no se actuó, precisamente porque el impulso de la acción penal la tiene el Servicio de Impuestos Internos, quien no actuó. Lo que esta reforma hace es devolver al Ministerio Público la titularidad plena de la acción penal, en consonancia con el artículo 83 de la Constitución Política, que establece que le corresponde dirigir en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, y lo hace sin eliminar el rol del Servicio de Impuestos Internos, que seguirá siendo indispensable en su labor fiscalizadora y técnica, aportando antecedentes, peritajes y opinión experta en cada caso. Quienes se oponen a este proyecto señalan, con preocupación legítima, que existe el riesgo de que se vulneren los principios del secreto tributario, pero debemos recordar que el secreto tributario no puede operar como una cortina de impunidad. Existen mecanismos ya establecidos por la ley que permiten al Ministerio Público acceder a antecedentes relevantes mediante resolución judicial, precisamente para garantizar los equilibrios entre la eficacia penal y el resguardo de los derechos. Otros señalan que esta reforma podría conducir al populismo penal, al uso excesivo del derecho penal como herramienta política. Esa es una advertencia que comparto en general, pero que no corresponde a este caso. El proyecto no elimina garantías, no reduce estándares probatorios, no crea nuevos delitos ni amplía penas; solo abre la puerta para que el Ministerio Público, cuando tenga antecedentes suficientes, pueda iniciar una investigación. Se ha hablado también del colapso del sistema penal, de la sobrecarga de los fiscales, pero esa no puede ser una razón para mantener zonas de impunidad. Si hay sobrecarga, lo que corresponde es dotar de más recursos y mejorar la gestión institucional, no inhibir la acción penal. Señor Presidente, hoy más que nunca los ciudadanos exigen coherencia. No podemos, por un lado, levantar la voz con energía frente al narcotráfico, la violencia callejera o el crimen organizado y, por otro, cerrar los ojos ante los delitos tributarios, muchas veces más dañinos para las finanzas públicas que un delito común. En esto no debe haber doble estándar. La ley debe perseguir con la misma fuerza al delincuente con pasamontañas que al evasor de cuello y corbata. En consecuencia, y por respeto a la autonomía del Ministerio Público, por la integridad del orden jurídico, por la igualdad ante la ley, por el imperativo de combatir con eficacia la corrupción y la evasión fiscal, votaré a favor este proyecto. He dicho. El señor RIVAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Johannes Kaiser . El señor KAISER.- Señor Presidente, este proyecto debería llamarse Michel Jorratt , que es el nombre del director del Servicio de Impuestos Internos que fue expulsado, despedido de su cargo, por querer investigar como correspondía el origen de las boletas falsas que se habían entregado para el financiamiento de la política en el llamado caso Soquimich. Fue despedido por la entonces Presidenta Bachelet , que era su jefa directa, para proteger a la clase política, y ahí quedó el caso. Si hubiésemos tenido una fiscalía independiente, probablemente se habrían perseguido las responsabilidades hasta donde correspondía; si hubiese sido independiente, por lo menos habríamos tenido la oportunidad de ver cómo más de una persona respondía por este caso. Sí, el caso Soquimich no se olvida, y menos ahora que este gobierno, nuevamente a dedo, ha asignado a esa empresa la concesión del litio. No puede ser que el Servicio de Impuestos Internos, que está controlado políticamente, determine si persigue un delito o no. No puede ser, porque eso permite crear un manto de impunidad para la clase política cuando le conviene o para los amigos. Eso no corresponde, señor Presidente. Por eso, recordando al señor Jorratt , recordando que él trató de hacer lo que correspondía de acuerdo con la ley, pero que fue impedido de hacerlo, y que no hubo nadie más que pudiese perseguir ese delito, voy a votar a favor este proyecto de ley. El señor Jorratt probablemente va a observar la votación que se producirá en este hemiciclo y va a recordar la situación en la que injustamente fue puesto. Tenemos la obligación de corregir lo que se ha hecho mal en el pasado, para que no siga actuándose de la misma manera en el futuro. Y una de las cosas que tenemos que corregir es la impunidad que crea este tipo de situaciones en beneficio de personas que están en posiciones de poder. He dicho. El señor RIVAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada Camila Rojas . La señora ROJAS (doña Camila).- Señor Presidente, lamentablemente, son varios los casos en los que la falta de querellas por parte del Servicio de Impuestos Internos ha impedido llevar adelante investigaciones por delitos tributarios. Sucedió en las investigaciones por financiamiento ilegal de la política, aunque afortunadamente no sucedió en el caso audios, que hoy tiene formalizado al abogado Luis Hermosilla . Esta acción -la decisión de querellarse o nono puede quedar al arbitrio de la dirección de turno. De ser así, entonces debemos dotar al Ministerio Público de la capacidad de iniciar investigaciones de oficio cuando haya delitos tributarios. Este proyecto de ley tiene el apoyo de la bancada del Frente Amplio, porque creemos que apunta no solo en la dirección correcta, sino necesaria. Los delitos tributarios, los delitos de cuello y corbata, parecen ser delitos sin víctimas. Con todo, son delitos que afectan a un sinnúmero de personas, a la mayoría de la población, a la mayoría de las chilenas y chilenos, pues se trata de recursos que podrían estar invirtiéndose en reducir las listas de espera en salud -muchas veces son citadas aquío en mejorar la infraestructura en educación -sabemos que harta falta haceo en mejorar la seguridad ciudadana. Sin embargo, esos dineros terminan en los bolsillos de unos pocos en vez de ocuparse en todas esas necesidades que se tienen a lo largo de Chile. Espero que, a diferencia de lo que sucedió durante la discusión de la ley de presupuestos, votemos en conciencia, por el bien del país, a favor este proyecto. He dicho. El señor RIVAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra la diputada Carmen Hertz . La señora HERTZ (doña Carmen).- Señor Presidente, resulta importante y oportuno el proyecto que se nos presenta, que modifica el Código Tributario para que el Ministerio Público pueda investigar de oficio los delitos tributarios que conoce, pues conforme a la legislación vigente, el Servicio de Impuestos Internos tiene la titularidad exclusiva de la acción penal tratándose de delitos tributarios que sean sancionados con penas privativas de libertad, es decir, los más graves, lo que en los hechos merma las facultades del Ministerio Público y contribuye a una laxitud que no es coherente con un sistema democrático. Este tema ha sido estudiado por la academia, que nos habla de una verdadera criminalidad estructural del poder o macrocriminalidad, ya sea del poder público o privado, político o económico, con efectos graves y cuantificables en los Estados donde se produce. Si esto lo analizamos de acuerdo con la situación estructural de abuso que sufre nuestro país, podemos afirmar responsablemente que aquella tiene su origen en el modelo instaurado y administrado por sucesivos gobiernos, que pretende siempre garantizar impunidad a quienes encabezan grupos de poder y llevan a cabo actos fraudulentos, como lo que ocurrió en los emblemáticos casos Penta , Soquimich , Corpesca , Cascada , así como en el trámite de la denominada “ley Longueira”, todo lo cual acaeció en democracia. De la misma forma, no olvidemos que en el llamado “caso Riggs”, donde fui querellante, se acreditó que Augusto Pinochet y su familia se apropiaron de al menos 21 millones de dólares, provenientes de delitos como malversación, evasión, cohecho, tráfico de armas y drogas. Ese dinero fue ocultado en el Banco Riggs y en cientos de cuentas offshore, es decir, en paraísos fiscales. El Servicio de Impuestos Internos, seguramente, por poderosas presiones de la época, demoró excesivamente en ejercer acción penal en ese caso, lo que finalmente perjudicó los fines de la investigación y facilitó la impunidad de la familia Pinochet. Amén de todas esas consideraciones que demuestran que en sociedades como la nuestra las instituciones no están funcionando como debieran, resulta adecuada una moción como esta, que, además, mantiene la titularidad del servicio. Por eso vamos a aprobar el proyecto. He dicho. El señor RIVAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Leonidas Romero . El señor ROMERO (don Leonidas).- Señor Presidente, después de más de 50 años, el general Pinochet sigue siendo tema en esta Sala y un buen negocio para algunos, pero, bueno, es lo que hay. Estamos discutiendo el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código Tributario para fortalecer la autonomía del Ministerio Público en la investigación y persecución de los delitos tributarios. Aquí he escuchado con atención decir, aparte de Pinochet, que los delincuentes de cuello y corbata se han robado miles de millones de pesos que iban en beneficio de la gente más humilde. Sin embargo, no solamente los delincuentes de cuello y corbata han cometido esos delitos. Los que no usan corbata se han robado la otra mitad de Chile, y no han hecho absolutamente nada al respecto. Vemos que en las empresas del Estado se siguen robando la plata, obteniendo sueldos millonarios, justificando lo injustificable, contratando estudios. La verdad es que son impresionantes las licitaciones fraudulentas, por las que pagan miles de millones de pesos, y enfrente no dicen absolutamente nada. Cuando las fundaciones y las ONG se robaron el resto que quedaba, no escuché decir: “¿Cómo denunciamos a estos ladrones, sinvergüenzas, delincuentes que no usan corbata, pero que se robaron la plata de Chile?”. Entonces, lamento lo que está pasando. Cuando el diputado Johannes Kaiser habló del director del Servicio de Impuestos Internos que fue cesado en su cargo, se me vino a la memoria el segundo hombre de esa institución en esa época: el abogado coronelino Cristián Vargas . Discúlpenme los términos poco académicos, pero él le paró la pelota al entonces ministro del Interior y Seguridad Pública – otro coronelinocuando estaban sacando del Servicio de Impuestos Internos camionadas de documentos para no sancionar a los amigos, y ahí nadie decía nada. Por favor, no estoy defendiendo a los empresarios de cuello y corbata que malversaron recursos públicos. Lo que estoy diciendo es que, si queremos condenar, estoy disponible para que los condenemos a todos, usen o no usen corbata. He dicho. El señor RIVAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Gustavo Benavente . El señor BENAVENTE.- Señor Presidente, la verdad es que no estoy de acuerdo con este proyecto. En primer lugar, me parece bastante razonable la norma actual que radica la titularidad de la acción, en el caso de los delitos tributarios, en el Servicio de Impuestos Internos. El delito tributario es muy especial, porque no solo tiene que ver con asuntos penales, sino que también están involucrados asuntos contables. Por lo tanto, muchas veces la línea entre una falta administrativa y una evasión, entre una elusión y un delito tributario es muy delgada. Incorporar en la titularidad de la acción al Ministerio Público puede generar graves inconvenientes. Incluso, puede generar una colisión con el Servicio de Impuestos Internos, porque puede haber casos en que el Ministerio Público estime que está frente a un delito y el servicio no lo estime así. ¿Por qué se radica la titularidad de la acción solo en el Servicio de Impuestos Internos? Porque al final el principal objeto del Servicio de Impuestos Internos es recaudar. La querella se guarda para casos especiales. Muchas veces hay situaciones que se solucionan simplemente en el escritorio del fiscalizador, pagando los impuestos correspondientes, y una querella haría más difícil el objeto del servicio, que es, justamente, recaudar. Finalmente, este proyecto presenta vicios de constitucionalidad, toda vez que se está, de una u otra manera, modificando las atribuciones del Servicio de Impuestos Internos, materia que está reservada exclusivamente a la iniciativa del Presidente de la República, de acuerdo con el artículo 65, numeral 2°, de nuestra Constitución. He dicho. El señor RIVAS (Vicepresidente).- Tiene la palabra el diputado Leonardo Soto . El señor SOTO (don Leonardo).- Señor Presidente, este proyecto es muy importante, porque fortalece al Ministerio Público, que es la entidad pública que, por mandato constitucional, persigue a todos los delincuentes de Chile. El Ministerio Público puede ejercer acciones e iniciar investigaciones a su libre arbitrio. Uno ve en televisión que, cuando hay un delito, los fiscales están tomando las medidas para las primeras diligencias y, posteriormente, llevando a los imputados a juicio y obteniendo condenas. Pero hay un ámbito de los delitos en que el Ministerio Público, aunque quiera y tenga la evidencia de que se han cometido delitos muy graves o multimillonarios, no puede hacer nada: los delitos tributarios. Por supuesto, no me refiero a delitos tributarios de los pequeños contribuyentes, sino de los grandes contribuyentes. En ese caso, la única manera de que se inicie una investigación judicial, la única manera de que la Fiscalía pueda incautar a un contrabandista o a alguien que vulnera los derechos de todos y se apropia de una gran cantidad de impuestos que debió haber enterado al Estado, es que exista una querella o denuncia del Servicio de Impuestos Internos. Si no hay una querella de un funcionario de ese servicio público, como es el director del Servicio de Impuestos Internos, la Fiscalía no puede hacer nada, aunque quiera hacerlo. ¿En qué se ha traducido o transformado esto? En un manto de impunidad para los grandes evasores tributarios. En otros países llevan a juicio a cantantes, a tenistas y a grandes empresarios, y una vez que ellos entran a la cárcel pagan todos sus impuestos inmediatamente. Incluso, algunos tienen largas condenas en la cárcel, porque el delito tributario es terrible, porque priva al Estado de resolver problemas de la gente; por ejemplo, priva al Estado de construir hospitales y de tener mayores beneficios para la gente, como mejorar las pensiones de todos. Hace muy poco -el año pasado-, en Chile se hizo un estudio respecto de cuánta es la evasión tributaria de los grandes consorcios, de los grandes grupos económicos. Los chilenos y chilenas que pagan impuestos por su trabajo, como las secretarias en las oficinas, pagan el ciento por ciento de los impuestos que deben, porque se los descuentan por planilla. Se determinó detalladamente que esos grandes grupos económicos evadían el 50 por ciento de los impuestos que debían pagar, ¡el 50 por ciento! Ese estudio fue presentado con bombos y platillos en todas partes, pero a nadie le hizo mella, a nadie le preocupó. Es decir, evaden cantidades gigantescas de impuestos, en circunstancias de que todos los chilenos pagan el IVA y a todos les descuentan el impuesto a la renta de su trabajo. Por eso, este proyecto, que lo único que hace es permitir que la Fiscalía o el Ministerio Público inicie investigaciones penales en el caso de delitos tributarios, es una buena noticia para todos los chilenos y chilenas, y una mala noticia para los evasores de impuestos. Lamento que en esta Sala varios hayan levantado su voz diciendo: “Esto es inconstitucional; esto transgrede el secreto tributario; esto es una mala medida, porque le entrega al Estado demasiadas atribuciones”. ¿Hasta cuándo defienden a los evasores tributarios? Lograron derribar una reforma tributaria que precisamente buscaba resolver esto; la derribaron por un puro voto, y celebraban aquí. Ahora algunos han anunciado que van a votar en contra. Incluso, un diputado en la comisión votó en contra de que se investiguen por el Ministerio Público los delitos tributarios, los crímenes tributarios. Por eso, creemos que esta es una muy buena noticia. Vamos a apoyar este proyecto con toda la fuerza, porque es una norma de equidad, una norma que permite algo sustancial en cualquier civilización: que todos hagan su contribución de acuerdo con lo que obtienen de su vida en la sociedad. Por años han saqueado. Aquí se mencionó que en el gobierno anterior el entonces director del Servicio de Impuestos Internos, señor Fernando Barraza , presentó querella en contra de evasores tributarios, pero las presentaba con nombre y apellido, contra determinadas personas nada más. Cuando la Fiscalía investigaba y descubría que se trataba de una red, no ampliaba la querella a los otros involucrados. ¿Qué se obtenía? Que liberaban a todas las redes de mafias de evasores tributarios, salvo al que había sido identificado al inicio. La doctrina Barraza es una trampa del gobierno anterior que duró cuatro años. Llegó el nuevo director del Servicio de Impuestos Internos de este gobierno, señor Hernán Frigolett , y cambió esa doctrina. Les pido que aprobemos este proyecto de ley por todos los chilenos y chilenas que son privados del… El señor RIVAS (Vicepresidente).- Ha concluido su tiempo, señor diputado. Cerrado el debate. -Con posterioridad, la Sala se pronunció sobre este proyecto de ley en los siguientes términos: El señor CASTRO (Presidente).- Corresponde votar en general el proyecto de ley, iniciado en moción, que modifica el Código Tributario para fortalecer la autonomía del Ministerio Público en la investigación y persecución de delitos tributarios. Para su aprobación se requiere el voto favorable de 77 diputadas y diputados en ejercicio, por tratarse de una disposición con carácter orgánico constitucional. En votación. -Efectuada la votación en forma económica, por el sistema electrónico, dio el siguiente resultado: por la afirmativa, 93 votos; por la negativa, 3 votos. Hubo 29 abstenciones. El señor CASTRO (Presidente).- Aprobado. -Votaron por la afirmativa: Acevedo Sáez , María , Candelaria , Cuello Peña y Lillo , Luis Alberto , Marzán Pinto , Carolina , Rojas Valderrama , Camila , Aedo Jeldres , Eric , De la Carrera Correa , Gonzalo , Matheson Villán , Christian , Romero Leiva , Agustín , Ahumada Palma , Yovana , De Rementería , Venegas , Tomás , Mellado Pino , Cosme , Romero Sáez , Leonidas , Alinco Bustos , René , Delgado Riquelme , Viviana , Melo Contreras , Daniel , Romero Talguia , Natalia , Araya Guerrero , Jaime , Durán Espinoza , Jorge , Mirosevic Verdugo , Vlado , Sáez Quiroz , Jaime , Arce Castro , Mónica , Fries Monleón , Lorena , Mix Jiménez , Claudia , Saffirio Espinoza , Jorge , Arroyo Muñoz , Roberto , Giordano Salazar , Andrés , Molina Milman , Helia , Sagardía Cabezas, Clara , Astudillo Peiretti , Danisa , González Gatica , Félix , Morales Alvarado , Javiera , Santana Castillo, Juan , Barrera Moreno , Boris , González Olea , Marta , Morales Maldonado , Carla , Santibáñez Novoa , Marisela , Barría Angulo , Héctor , Guzmán Zepeda , Jorge , Muñoz González , Francesca , Schneider Videla , Emilia , Bello Campos , María , Francisca , Hertz Cádiz , Carmen , Musante Müller , Camila , Sepúlveda Soto , Alexis , Beltrán Silva, Juan , Carlos , Hirsch Goldschmidt , Tomás , Naranjo Ortiz , Jaime , Serrano Salazar , Daniela , Bianchi Chelech , Carlos , Ibáñez Cotroneo , Diego , Ñanco Vásquez , Coca Ericka , Soto Ferrada , Leonardo , Bórquez Montecinos , Fernando , Ilabaca Cerda , Marcos, Olivera De La , Fuente, Erika , Soto Mardones, Raúl , Bravo Castro, Ana , María , Jiles Moreno , Pamela , Orsini Pascal , Maite , Tapia Ramos , Cristián , Bugueño Sotelo , Félix , Jouannet Valderrama , Andrés , Oyarzo Figueroa , Rubén Darío , Teao Drago , Hotuiti , Camaño Cárdenas , Felipe , Kaiser Barents-Von , Hohenhagen , Johannes , Palma Pérez , Hernán , Tello Rojas, Carolina , Castillo Rojas , Nathalie , Lagomarsino Guzmán , Tomás, Pino Fuentes , Víctor , Alejandro , Ulloa Aguilera , Héctor , Celedón Fernández , Roberto , Lee Flores, Enrique , Pizarro Sierra , Lorena , Undurraga Gazitúa , Francisco , Cicardini Milla , Daniella , Leiva Carvajal, Raúl , Placencia Cabello , Alejandra , Undurraga Vicuña , Alberto , Cifuentes Lillo , Ricardo , Lilayu Vivanco , Daniel , Ramírez Pascal , Matías , Videla Castillo , Sebastián , Concha Smith, Sara , Malla Valenzuela , Luis , Rathgeb Schifferli , Jorge , Winter Etcheberry , Gonzalo , Cordero Velásquez , María Luisa , Manouchehri Lobos , Daniel , Rivas Sánchez , Gaspar , Yeomans Araya , Gael , Cornejo Lagos, Eduardo -Votaron por la negativa: Benavente Vergara , Gustavo Bravo Salinas, Marta Leal Bizama, Henry -Se abstuvieron: Araya Lerdo de Tejada , Cristián , Donoso Castro , Felipe , Labra Besserer , Paula , Rey Martínez, Hugo , Becker Alvear , Miguel Ángel , Durán Salinas , Eduardo , Martínez Ramírez , Cristóbal , Sánchez Ossa , Luis , Berger Fett , Bernardo , Fuenzalida Cobo, Juan , Mellado Suazo , Miguel , Schalper Sepúlveda , Diego , Bobadilla Muñoz , Sergio , González Villarroel , Mauro , Moreira Barros , Cristhian , Schubert Rubio , Stephan , Castro Bascuñán , José Miguel , Irarrázaval Rossel, Juan , Moreno Bascur , Benjamín , Sulantay Olivares, Marco Antonio , Cid Versalovic , Sofía , Jürgensen Rundshagen , Harry , Ossandón Irarrázabal , Ximena , Von Mühlenbrock Zamora , Gastón , Coloma Álamos, Juan Antonio , Labbé Martínez , Cristian , Raphael Mora , Marcia , Weisse Novoa , Flor , Del Real Mihovilovic, Catalina El señor CASTRO (Presidente).- Por haber sido objeto de indicaciones, el proyecto vuelve a la comisión técnica para su discusión particular. 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