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- rdf:value = " El señor MUÑOZ BARRA (Presidente accidental).-
Tiene la palabra Su Señoría.
El señor BOSSELIN.-
Señor Presidente, habitualmente se presentan proyectos de acuerdo en que, de una u otra manera, se solicita que el Presidente de la República, en uso de sus facultades, patrocine determinados proyectos de ley de su exclusiva competencia, pero con una relación que, en el fondo, lleva a que la opinión pública termine por interpretar que la Cámara ha aprobado un proyecto de ley sobre determinada materia. En consecuencia, se da una señal errónea sobre las labores propias de la Cámara de Diputados.
No cabe la menor duda de que el contenido mismo de la sugerencia que se está haciendo a través de la proposición del proyecto de acuerdo es adecuada, pero también es indudable que debiera ser una materia estudiada más a fondo. La vía correcta es que los señores Diputados interesados en ella preparen el texto de un proyecto de ley, soliciten audiencia al Presidente de la República y, en esa oportunidad, le pidan su patrocinio; pero no presentar iniciativas de este tipo que se salen del texto constitucional, porque ese no es el fondo de los proyectos de acuerdo a los cuales se refiere el artículo 48, N° 1, de la Constitución.
Esta es una mala práctica. Hemos aprobado muchas proposiciones que la opinión pública ha interpretado como proyectos de ley ya aprobados, en circunstancias de que el procedimiento que debió haberse seguido es otro.
Entonces, aquí no hay una oposición mía frontal a esta iniciativa que, en el fondo, considero positiva. La vía para que obtenga mayor eficacia y resultados prácticos es otra: que todos los interesados redacten un proyecto de ley, pidan audiencia al Presidente de la República o al ministro del ramo y, una vez allí, soliciten su patrocinio. Es un camino mucho más expedito y productivo que el que se está utilizando y permite destinar los proyectos acuerdos de la Cámara de Diputados para los fines que les son propios. Esos fines están dentro del ámbito de las facultades de fiscalización de los actos de gobierno, pero la materia del proyecto de acuerdo no dice relación con ese objetivo. Cuando se le pide al Presidente de la República que haga uso de sus facultades exclusivas, no se está fiscalizando al Gobierno. En consecuencia, se está empleando mal la disposición constitucional.
He dicho.
"
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