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- rdf:value = " CREACION DEL COMITE PROGRAMADOR DE INVERSIONES DE IQUIQUE Y PISAGUA. VETO.El señor FIGUEROA (Secretario).-
En conformidad a la tabla de esta sesión especial, en primer término corresponde ocuparse en las observaciones del Presidente de la República, en segundo trámite constitucional, formuladas al proyecto de ley que crea el Comité Programador de Inversiones encargado de promover el desarrollo económico de los departamentos de Iquique y Pisagua, con informes de las Comisiones de Gobierno y de Hacienda.
-Los antecedentes sobre el proyecto figuran en los Diarios de Sesiones que se indican:
Proyecto de ley:
En segundo trámite, sesión 67", en 21 de abril de 1970.
Observación:
En segundo trámite, sesión 12º, en 23 de junio de 1970.
Informes de Comisión:
Gobierno y Hacienda, unidas, sesión 69º, en 28 de abril de 1970. Gobierno y Hacienda, unidas (segundo), sesión 70º, en 29 de abril de 1970.
Gobierno (veto), sesión 21º, en 8 de julio de 1970.
Hacienda (veto), sesión 21º, en 8 de julio de 1970.
Discusión:
Sesiones 69º, en 28 de abril de 1970 (se aprueba en general); 74º, en 6 de mayo de 1970 (se aprueba en particular) .
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Gobierno, en informe suscrito por los Honorables señores Lorca (presidente), Carmona, Miranda y Valente, recomienda adoptar las resoluciones consignadas en el boletín que tienen a mano Sus Señorías.
La primera observación recae en el artículo 2º del proyecto despachado por el Congreso y consiste en suprimir en el número 7 lo siguiente: "y otro de las actividades". La Cámara rechazó esta observación e insistió en la aprobación del texto primitivo. La Comisión de Gobierno recomienda, por unanimidad, adoptar igual temperamento.
El señor CARMONA.-
¿Por qué no se rechazan todas las observaciones al artículo 29º
El señor PABLO (Presidente).-
¿Habría acuerdo de la Sala para rechazarlas e insistir?
El señor CHADWICK.-
No, señor Presidente; que se voten por separado.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará e insistirá respecto de la primera observación.
Acordado.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La segunda observación consiste en eliminar en el Nº 9 la expresión "de cada departamento". La Cámara rechazó esta observación e insistió en la aprobación del texto primitivo. La Comisión de Gobierno recomienda, por unanimidad, adoptar igual temperamento.
-Se rechaza y se insiste.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La tercera observación a este mismo artículo consiste en agregar el siguiente Nº 10, nuevo: "10.- Un representante del Ministerio de Obras Públicas y Transportes".
El señor SILVA ULLOA.-
No hay ley sobre esta materia, porque la Cámara rechazó el veto.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La Comisión de Gobierno recomienda igualmente rechazarla. Cualquiera que sea la resolución del Senado no surte efecto.
-Se rechaza.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, el Ejecutivo formula dos observaciones al artículo 9º. La primera consiste en eliminar en el inciso primero la siguiente frase: "de valor adquisitivo del 31 de diciembre de 1969".
La Cámara aprobó esta observación. Las Comisiones recomiendan, por unanimidad, adoptar igual criterio.
El señor SILVA ULLOA.-
El acuerdo del Senado no influye.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La segunda observación a este mismo artículo 9º consiste en reemplazar en el inciso primero las palabras "Policía Aduanera" por "Policía Marítima".
La Cámara aprobó esta observación. La Comisión de Gobierno, por unanimidad, también recomienda aprobarla.
El señor CONTRERAS.-
¿Algún miembro de la Comisión podría explicar el alcance del reemplazo?
El señor SILVA ULLOA.-
Es muy sencillo: el nombre correcto de la institución es "Policía Marítima". Por esta razón, se propone el reemplazo mencionado.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
A continuación, el Ejecutivo propone una enmienda al artículo 11, consistente en suprimir su inciso segundo. La Cámara rechazó esta observación e insistió en la aprobación del texto original. Las Comisiones, por unanimidad, proponen adoptar igual predicamento.
-Se rechaza y se insiste.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo formula una observación al artículo 12 consistente en agregar al inciso primero, a continuación de las palabras "en el citado DFL", la siguiente frase final: "y hasta por los montos en él indicados".
La Cámara aprobó la observación. Las Comisiones, por unanimidad, recomiendan adoptar igual predicamento.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La siguiente observación recae en el artículo 14 y consiste en suprimirlo. La Cámara rechazó esta observación, pero no insistió. La Comisión de Gobierno, por unanimidad, recomienda rechazar e insistir. Por su parte, la de Hacienda propone adoptar el mismo criterio que la Cámara, es decir, rechazar la observación pero no insistir, por no producir efecto legal la resolución del Senado.
El señor CHADWICK.-
El artículo ya está suprimido.
El señor PABLO (Presidente).-
Si le parece a la Sala, se rechazará la observación y se insistirá, ya que no produce efectos jurídicos el acuerdo del Senado.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
Da lo mismo.
-Se rechaza la observación y, con la abstención de los Senadores socialistas, se acuerda insistir.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La observación recaída en el artículo 15 consiste en suprimir la siguiente frase: "Sin perjuicio de lo establecido respecto de los departamentos de Iquique y Pisa-gua". La Cámara aprobó esta observación. La Comisión de Gobierno, por unanimidad, propone adoptar igual predicamento. Igual sugerencia hace la Comisión de Hacienda. La resolución del Senado no produce efectos jurídicos.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, el Ejecutivo formuló varias observaciones al artículo 1(5. La primera de ellas consiste en suprimir la frase "con cambio libre bancario". La Cámara rechazó esta observación pero no insistió. La Comisión de Gobierno recomienda adoptar igual resolución, ya que el acuerdo del Senado no produce efectos jurídicos.
-Se rechaza, pero no se insiste.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La segunda observación recaída en el artículo 16 consiste en suprimir la frase "como asimismo de viviendas y centros asistenciales y hospitalarios". La Cámara aprobó esta observación. La Comisión de Gobierno propone rechazarla y no insistir. La de Hacienda propone aprobarla.
El señor VALENTE.-
Aun cuando no surta efecto la resolución del Senado en este caso, queremos hacer presente nuestra protesta por el veto a este artículo. En las Comisiones se planteó y se aceptó casi por unanimidad.
El señor FUENTEALBA.-
"¡Casi!"
El señor VALENTE.-
En realidad, faltó un voto.
La inclusión en esta libre importación de materiales de construcción para hoteles, moteles, hosterías, balnearios, "campings", museos y otros establecimientos dedicados al turismo, de elementos para viviendas y centros asistenciales y hospitalarios ubicados en los departamentos de Iquique y Pisagua, tuvo origen en una indicación nuestra.
A ello nos movió el propósito de impulsar la construcción de casas en esa zona, objetivo a nuestro entender de mucha más prioridad que otros en la liberación de gravámenes respecto de materiales de construcción, dados los altos costos de los nacionales y las alzas a que están sometidos.
Los dos tercios de las habitaciones de Iquique están constituidos por casas de madera, insalubres, instaladas en poblaciones que carecen de alcantarillado, agua potable e, incluso, alumbrado. De manera que es urgente, indispensable, favorecer también la construcción de viviendas con esta liberación, que se hizo extensiva además a la importación de materiales de construcción para centros asistenciales y hospitalarios de la zona. Por desgracia, el Ejecutivo eliminó los materiales destinados a viviendas y centros asistenciales y hospitalarios, y dejó libre la internación, sin pago de gravámenes, de todos aquellos materiales que se destinaran a la construcción de hoteles de lujo, moteles, hosterías, etcétera.
Es decir, que en este caso, prácticamente, el artículo tiene nombre y apellido.
Un industrial de la construcción, vinculado a la zona por negocios, está constituyendo -si no lo ha hecho ya- una sociedad constructora de hoteles de turismo. En la práctica, abordará dicha obra con los 20 millones de escudos que la ley en debate entregará al Comité Progra-mador de Iquique y Pisagua.
Los Senadores comunistas queremos dejar constancia de nuestra protesta por este veto del Ejecutivo, que consideramos realmente increíble. No imaginamos qué razones pueden haber inducido al Gobierno a adoptar una actitud de esa naturaleza, que perjudica a los sectores más modestos de Iquique y Pisagua, pues les impide levantar sus viviendas con la rapidez que la situación de la zona requiere.
El señor CONTRERAS.-
Desde la modificación de la ley 12.937, hemos venido sosteniendo la necesidad de incorporar una disposición en algún texto legal, destinada a crear una planta elaboradora de cemento, ya sea en la provincia de Tarapacá o en la de Antofagasta, ya que ambas cuentan con la materia prima necesaria para ello.
Recuerdo que en una ocasión el propio Presidente del Senado afirmó que tal medida era innecesaria, ya que la Corporación de Fomento de la Producción había hecho los estudios y adoptado las resoluciones del caso para instalar dicha planta con la mayor prontitud. Han transcurrido alrededor de tres años desde entonces y sabemos que la CORFO tomó la iniciativa de vender algunas acciones con ese fin.
¿Qué propósitos se han tenido en vista al consignar esta disposición? El alto precio del cemento en las provincias antes mencionadas hace imposible su adquisición por parte de la gente modesta, pues, como lo demostré en esa oportunidad, el valor de la bolsa de cemento, en Antofagasta, aumenta en 50% por concepto de fletes y seguros. En consecuencia, el precepto trata de presionar al Ejecutivo, a fin de que la Corporación de Fomento convierta en realidad ese antiguo anhelo de los habitantes de ambas provincias.
En una oportunidad, se dijo en Antofagasta que, por el momento, la instalación de dicha planta no era factible, por no existir el mercado necesario. Sin embargo, hemos demostrado más de una vez que en el extranjero -citamos el caso concreto de Alemania- podían financiarse plantas de esta índole aun con una producción de 10 mil toneladas anuales. También demostramos que el consumo de ambas provincias es superior a las 75 mil toneladas por año.
Por eso, recabamos una vez más, la instalación de esa industria, pues la carencia de empresas, la aflictiva situación existente en la zona derivada de la crisis de la industria salitrera, hacen indispensable la creación de nuevas fuentes de trabajo para los habitantes de Tarapacá y Antofagasta.
Reiteramos que no se pretende favorecer a una persona o empresa determinada al otorgar franquicias para importar elementos de construcción, sino que, sobre todas las cosas, se desea presionar a las autoridades gubernativas para que, de una vez por todas, materialicen la instalación de una planta elaboradora de cemento, en cualquiera de las dos provincias señaladas.
-Se rechaza la observado, y se acuerda no insistir.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La tercera observación al artículo 16 propone suprimir su inciso segundo.
Tanto la Comisión de Hacienda como la de Gobierno recomiendan rechazarla, pero no tuvieron quórum para la insistencia. La Cámara también la rechazó y no insistió. En consecuencia, cualquier resolución que adopte el Senado no produce efectos.
-Se rechaza la observación y no se insiste.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La siguiente propone suprimir, en el inciso tercero, la frase final: "con excepción de las viviendas.".
La Comisión de Gobierno la rechazó y no insistió; en cambio, la de Hacienda la aprobó por unanimidad. La Cámara aprobó la observación, por lo cual la decisión que adopte el Senado no produce efecto alguno.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, el Ejecutivo propone agregar en el inciso cuarto, después de las palabras "Consejo Regional de Turismo de Tarapacá", lo siguiente: "e Instituto de Corfo Norte."
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La última observación recaída en este artículo consiste en suprimir, en el inciso cuarto, la frase final "siempre que ellas no se refieran a viviendas y centros asis-tenciales y hospitalarios."
La Cámara de Diputados aprobó la observación, de modo que la resolución del Senado no influye en el resultado.' Además, ella es consecuencia de las anteriores.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo propone sustituir el artículo 22 por otro.
La Comisión de Gobierno, por unanimidad, propone aprobar esta observación. La Cámara de Diputados la aprobó.
El señor CONTRERAS.-
Creo que no queda otro camino que aprobar la observación, ya que así lo hizo la Cámara. Sin embargo, debemos dejar constancia de que ella margina a las cooperativas establecidas en la zona norte del país de los recursos que percibían hasta la fecha.
Los señores Senadores saben que parte de las prestaciones que paga la importación de mantequilla correspondía a la ampliación y creación de cooperativas. Nosotros estimamos que la distribución que se ha hecho ha dejado sin los recursos necesarios a las cooperativas existentes actualmente en la región y a las que pudieran constituirse en lo futuro.
Somos y hemos sido partidarios de la
creación de cooperativas por estimar que los habitantes de la región saben, por experiencia, que ellas han servido, en gran parte, para regular los precios y combatir la especulación, en especial con los artículos de primera necesidad, ya que con ocasión de una huelga del personal de la cooperativa Corfo Norte los precios experimentaron alzas de 20%, 25% y 30%.
De ahí que, junto con aprobar la observación, pues no nos queda otro camino, hayamos querido dejar constancia de que se está impidiendo con ella el establecimiento de nuevas cooperativas y restando recursos a las existentes.
-Se aprueba la observación.
El señor NOEMI.-
Aun cuando se adoptó resolución al respecto, quiero, con referencia a las expresiones del Honorable señor Contreras, dejar constancia de que la aprobación del artículo marginó a las cooperativas, de modo que el veto no influye en absoluto en el sistema de esos organismos.
Deseo expresar, en pocas palabras, la satisfacción de un Senador que representa a la provincia de Atacama ante la actitud de mis Honorables colegas de las provincias de Tarapacá y Antofagasta al considerar una iniciativa del Senador que habla, destinada a incorporar a Atacama en los beneficios de la prestación de la mantequilla, de los cuales estaba marginada por la ley.
En esta oportunidad se ha reconocido un legítimo derecho, porque tanto en el departamento de Chañaral como en el resto de la provincia se importa mantequilla, la cual, muchas veces, ingresa por Antofagasta. Es decir, Atacama, por medio de este artículo también será favorecida, gracias a la actitud de los representantes de las provincias de Tarapacá y Antofagasta, que han reconocido la justicia de mi indicación.
El señor CHADWICK.-
Se han hecho grandes negocios con esa importación fraudulenta.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo propone suprimir el artículo 24.
La Cámara aprobó la observación. La Comisión de Gobierno recomienda rechazarla y no insistir. En cambio, la de Hacienda la aprobó. La resolución del Senado no produce efectos.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo propone también suprimir el artículo 25.
La Cámara rechazó la supresión e insistió. Las Comisiones de Hacienda y de Gobierno, por unanimidad, recomiendan igual predicamento.
-Se rechaza y se insiste.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
La siguiente observación propone suprimir el artículo 26.
La Cámara la rechazó e insistió. La Comisión de Gobierno, después de un doble empate, recomienda rechazarla, pero no insistir.
El señor CARMONA.-
Deseo dejar constancia de que comparto el criterio del Ejecutivo de suprimir el artículo, y para ello me baso en una razón de principio.
El Instituto Corfo Norte fue creado con un fin de descentralización económica y administrativa, y para facilitar el desarrollo de las provincias del norte: Tarapacá, Antofagasta y Atacama, para que ese desarrollo sea ampliado con la participación de los propios elementos y sectores de la zona. Podrá decirse que existen deficiencias en cuanto a la representatividad de dichos sectores, pero ésta es otra materia. El principio en que se basa la ley del cobre es precisamente el de proporcionar recursos a las provincias productoras de ese metal, para invertirlos con la participación de los elementos de las provincias y de los organismos que tienen la responsabilidad de dirigir el desarrollo de la zona norte.
El artículo aprobado por el Congreso resta prácticamente tres millones de escudos a dichas provincias, pues en forma obligatoria dispone que serán destinados a otorgar créditos a la pequeña minería, sin que para ello se haya estudiado un plan de créditos ni exista un programa sobre el particular. Me parece que ello quebrantaría el propósito inicial y daría pie a que, siguiendo por este camino, se dictaran leyes especiales que obligaran a invertir parte de esos recursos en determinadas actividades de zonas determinadas; llegaría el momento en que a los consejos de los institutos descentralizados les cabría sólo celebrar sesión una vez al año con el único objeto de dejar constancia del cumplimiento de esas leyes. Las provincias no tendrían participación alguna en los programas descentralizados, finalidad específica que tuvo en vista el legislador cuando estableció el destino de los fondos del cobre. De ahí que considere que el criterio del Congreso quebrante un principio bastante claro.
Por otra parte, la norma despachada por el Parlamento propone el otorgamiento de créditos a la pequeña minería de Iquique y Pisagua en una forma indeterminada, cuyo monto para 1971 no podrá ser inferior a tres millones de escudos, y en las condiciones más favorables.
En una reunión que sostuve con la Asociación de Mineros de Iquique convinimos en estimar que este precepto debería rechazarse, ya que en la práctica no ha de significar ninguna ventaja. Se ha pensado con su aplicación promover el desarrollo de la pequeña minería de Iquique, que tiene carácter incipiente. Es indudable que ella necesita algunas inversiones preliminares, no destinadas a la producción directa.
El señor CHADWICK.-
Son inversiones de fomento, señor Senador.
El señor CARMONA.-
No. Me refiero a inversiones preliminares, no a sumas reajustables. Los créditos establecidos en el artículo 26 deberían darse en las mejores condiciones con que se otorgan los créditos destinados a fomento. Y éstos son reajustables. El propósito perseguido no se obtiene.
En la actualidad, el Instituto CORFO del Norte tiene un presupuesto de cuatro millones de escudos destinados al desarrollo de la pequeña minería de la provincia de Tarapacá, en especial de los departamentos de Iquique y Pisagua. La norma despachada por el Congreso rebaja esa suma a tres millones de escudos, razón de más para estimar deficiente el precepto, aparte la obligatoriedad de destinar la cantidad recién señalada a créditos y no al desarrollo de la pequeña minería.
A mi juicio, debería establecerse un programa coordinado entre el Instituto CORFO del Norte, la Corporación de Fomento de la Producción, el Comité Programador de Inversiones, que se crea en la ley en proyecto, y la Empresa Nacional de Minería. Esto es lo que se está reclamando: la existencia de una verdadera coordinación de los diversos organismos que funcionan en el norte, tendiente a promover el desarrollo de la pequeña minería de la zona mediante la dotación de recursos y la programación de inversiones.
Sobre el particular, conversé con distintas entidades. Pude apreciar que existe el propósito de actuar en esa forma. Creo que ese camino sería mucho más beneficioso que el propuesto en el artículo 26, cuya aplicación quebrantaría el principio fundamental que se tuvo en vista cuando se estableció el destino de los fondos del cobre para las provincias del norte.
Por las razones expuestas, soy partidario de aprobar el veto.
El señor VALENTE.-
La finalidad del artículo 26 es el fomento del desarrollo de la pequeña minería de los departamentos de Iquique y Pisagua. Digo de fomento, porque el otorgamiento de créditos, de préstamos, en las condiciones más favorables y al interés más bajo que el Instituto CORFO del Norte deberá conceder a los pequeños mineros de la región, sin duda promoverá el desarrollo de las pequeñas pertenencias mineras. En la actualidad, ellas no pueden ser explotadas porque sus propietarios carecen de recursos.
No veo de qué manera esta norma afecta al presupuesto del Instituto CORFO del Norte, organismo que para 1971 deberá destinar al propósito ya señalado una cantidad no inferior a tres millones de escudos.
Naturalmente, la Empresa Nacional de Minería está encargada de realizar todos los proyectos y estudios relativos al desarrollo de la pequeña minería en los departamentos de Iquique y Pisagua.
Puedo anticipar al Senado que existen centenares, quizás miles, de pertenencias que no han podido ser explotadas porque sus propietarios carecen de medios para ello.
El Honorable señor Carmona sostuvo que conversó con algunos industriales mineros. Lo supe, porque a los dos o tres días de que el Honorable señor Carmona visitara Iquique, también me reuní con un grupo de esos industriales mineros. Pero el señor Senador conversó sólo con dos de ellos. En consecuencia, la opinión que dieron no fue la de la Asociación de Pequeños Mineros.
Ahora bien, en esa ocasión los mineros me plantearon la necesidad de defender el artículo correspondiente, porque los favorece y porque constituye la única posibilidad de que la pequeña minería de Iquique y Pisagua pueda desarrollarse.
El otorgamiento de estos préstamos no perjudicará en absoluto la aplicación de los planes de la Empresa Nacional de Minaría, pues ni siquiera el Instituto CORFO del Norte intervendrá en ella; se limitará a aportar tres millones de escudos, suma que se entregará, según las posibilidades presupuestarias, a los pequeños mineros, a fin de que exploten sus pertenencias con arreglo a los planes de ENAMI. En otras palabras, esta empresa, mediante sus recursos y planes y el aporte del Instituto CORFO del Norte, propenderá al desarrollo de dicha actividad. De esta manera, la pequeña minería se convertirá en un rubro de mucha importancia y en fuente de ocupación, restringida ahora por falta de recursos, pues los que ha entregado la ENAMI han sido insuficientes para satisfacer la demanda de los pequeños mineros de la zona.
En consecuencia, pido que el Senado proceda en los mismos términos en que lo hizo la Cámara, esto es, rechazar el veto e insistir, a fin de que el artículo 26 se convierta en ley.
El señor PABLO (Presidente).-
Ofrezco la palabra.
Ofrezco la palabra.
Cerrado el debate.
En votación.
null
El señor PABLO (Presidente).-
Señores Senadores, las abstenciones influyen.
Propongo que con la misma votación el Senado rechace el veto y no insista.
El señor VALENTE.-
Rechacemos el veto, pero votemos la insistencia.
El señor PABLO (Presidente).-
La misma votación produce idéntico efecto.
El señor VALENTE.-
Pero alguien puede cambiar su voto.
El señor JULIET.-
Aceptamos el rechazo. La insistencia es la que debe votarse.
El señor PABLO (Presidente).-
Aprobado el rechazo de la observación. En votación la insistencia.
-El Senado no insiste (11 votos contra 10, 1 abstención y 1 pareo).
El señor PABLO (Presidente).-
En la observación siguiente, cualquier pronunciamiento del Senado no produce efecto, porque fue aprobada por la Cámara.
El señor FIGUEROA (Secretario).
El señor Presidente se refiere al veto que consiste en suprimir el artículo 27.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
A continuación, el Ejecutivo propone sustituir el artículo 28.
Las Comisiones de Gobierno y de Hacienda recomiendan, por unanimidad, aprobar la observación.
-Se aprueba.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
El Ejecutivo retiró el veto recaído en el artículo 29.
En seguida, propone reemplazar el artículo 30. La Cámara aprobó la observación. Las Comisiones de Gobierno y de Hacienda, por unanimidad, recomiendan adoptar el mismo temperamento.
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor VALENTE.-
La disposición original tendía a dar facilidades y a eximir del pago de la parte fiscal de contribuciones de bienes raíces a los propietarios de inmuebles urbanos y rurales de Pica, Matilla y Huatacondo, y a condonar deudas, intereses, multas y otros recargos acumulados por este concepto, como una forma de paliar los graves estragos que las plagas han causado a la producción agrícola de esos valles.
El Ejecutivo, por la vía del veto, sustituye esta norma y la generaliza a todo el país, pero la limita reduciendo en 75% los intereses, recargos, sanciones y multas, si el pago de los impuestos adeudados, de cualquier naturaleza que sean, se hace dentro de los 60 días de promulgada la ley; y en 50%, si el pago se hace dentro de los 120 días.
Lamentamos que el Gobierno haya distorsionado el objetivo del precepto original. Los habitantes de Pica, Matilla y Huatacondo necesitan una ayuda de esta naturaleza, ya que están agobiados por pérdidas de cosechas, esterilidad de sus árboles y acumulación de deudas por impuestos impagos.
Sin embargo, estimamos que la disposición sustitutiva del Gobierno no surtirá efectos positivos para los deudores de contribuciones, impuestos y otros gravámenes a lo largo del país. Nadie que mantenga una deuda podrá pagarla en 60 días; necesita de mayor plazo para hacerlo, ya sea en una o varias cuotas. La rebaja de 75% de los recargos no es un incentivo suficiente como para que el contribuyente, asediado por las deudas de impuestos, satisfaga en 60 días sus obligaciones. Según las informaciones recibidas en la Comisión de Gobierno, existe en estos momentos una deuda por impuestos ascendente a dos mil millones de escudos, y son unos 900 mil los recibos de impuestos, de diferentes categorías, pendientes de pago, lo que refleja en forma alarmante la caótica situación del comercio, la industria, los propietarios, etcétera. No hay duda alguna de que el grueso de esta deuda corresponde a los pequeños y medianos contribuyentes, que son los más afectados por la regresiva y discriminatoria política tributaria contenida en la Ley de Impuesto a la Renta y en numerosas otras leyes especiales, dictadas particularmente durante el Gobierno del ex Presidente señor Jorge Alessandri y mantenidas por el actual. Estas leyes contienen numerosas exenciones tributarias a favor de los monopolios nacionales, de los poderosos industriales y comerciantes importadores, de la distribución, etcétera; y, en forma especial, en beneficio de las empresas extranjeras, que gozan de una protección excesiva. Estos contribuyentes poderosos no pagan impuestos, o los pagan muy rebajados, obligando al pequeño o mediano empresario a cubrir la cuota de impuestos que no cancelan los poderosos.
Por otra parte, el personal de Tesorerías ha hecho presente la situación que crean las leyes de condonación. Sostiene que en esas oportunidades se produce el recargo de trabajo que exige la preparación de boletines, convenios y cálculos.
En carta dirigida a los señores Senadores, la Asociación de Empleados de Tesorerías destaca la absoluta y abismante falta de personal de ese servicio. Sólo leeré parte de su texto. Dice:
"Este gravísimo problema ha sido puesto, una y otra vez, en conocimiento del señor Ministro de Hacienda y del señor Tesorero General de la República sin que hasta el momento se nos haya entregado una solución. Es más, la ley 17.182, de 1969, otorgó 129 nuevos funcionarios a nuestro Servicio. Pues bien, el concursa para proveer dichos cargos, que paliaría, aun cuando en mínima parte, la dramática situación planteada, todavía no se ha efectuado.
"Al problema de falta de personal, se une lo siguiente:
"1) El aumento vegetativo de la población contribuyente;
"2) El aumento de tasas y creación de nuevos impuestos;
"3) Toda nueva ley aprobada en el Congreso acrecienta, de una forma u otra, la ya pesada carga de trabajo del funcionario de Tesorerías;
"4) Los funcionarios de Tesorerías, en sus labores diarias, deben trabajar con un volumen de más de 800 cuentas, y
"5) Ninguna solución integral en cuanto a un aumento real de funcionarios, acorde con el crecimiento constante de los impuestos y del número de contribuyentes.
"Ahora bien, hay una ley de condonación inminente. El Gremio de Tesorería no se opone a ella, pero, cumpliendo con uno de los acuerdos del Consultivo Nacional, realizado en mayo pasado, hacemos llegar a usted esta nota, solicitando su importantísima colaboración en la solución de nuestros problemas.
"Es necesario considerar, además, que el señor Ministro de Hacienda y el señor Tesorero General, no han cumplido varios importantes compromisos contraídos con el Gremio, lo que hace que los compañeros nuestros se sientan defraudados y engañados en sus expectativas.
"Es importante, también, que usted sepa que la Jefatura del Servicio ha ordenado trabajos extraordinarios, y que el Gremio se ha opuesto a esta orden. Y nos seguiremos oponiendo, mientras la dotación de funcionarios de Tesorerías no sea aumentada, cuando menos, en un 25%."
He dado a conocer esta circular aprovechando la presencia del señor Ministro de Hacienda en la Sala. Sin duda, la habrán recibido también los demás señores Senadores. Está firmada por Ricardo Lobos y Pedro Leyton, Presidente Nacional y Secretario General de la Asociación de Empleados de Tesorerías, respectivamente.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).-
Me voy a referir a las observaciones del Honorable señor Valente.
En primer término, se lamenta de que el Gobierno vetara lo relativo a la exención propuesta en el artículo 30. Sin embargo, en ese precepto no se condonaban intereses penales y multas, sino que se eximía por cinco años del pago de la contribución de bienes raíces a las localidades de Pica, Matilla y Huatacondo, por haber sufrido determinadas plagas.
Sobre esta materia, el Ejecutivo estimó -y así lo hizo presente en las Comisiones- innecesario legislar para establecer dicha exención, pues, acreditado el hecho de una catástrofe, como podría ser la circunstancia de que una plaga hubiera destruido las plantaciones en esa zona, en virtud de la ley 16.282, por decreto supremo, puede declararse la exención o eliminación del pago de impuestos, tal como se ha hecho para la zona de sequía; y no sólo la condonación de intereses penales y multas, que es otra cosa muy distinta.
Por esa razón, el Ejecutivo ha solicitado los antecedentes del caso. Inclusive, el Ministro de Agricultura visitó la región, a fin de determinar el alcance real de las plagas y poder otorgar a esas localidades los mismos beneficios que se entregan en caso de sequía, terremoto o inundaciones, si la magnitud del daño es considerable. Para ello se esperará un informe del Servicio Agrícola y Ganadero, que será entregado por intermedio del Ministerio de Agricultura.
En cuanto al problema de la condonación misma, el Gobierno plantea un sistema similar al aplicado en virtud de la ley N? 17.182. Se vio la conveniencia de limpiar el rol de contribuyentes morosos no otorgando una condonación total de intereses y multas, sino parcial, sin eliminar el pago al contado. Ello en razón de que, precisamente, los funcionarios de Tesorería expresaron que la experiencia les demostraba que el hecho de dar plazo -como proponía el Honorable señor Valen-te-, normalmente significaba que el contribuyente sólo pagaba la cuota al contado y luego dejaba de cumplir los convenios y obligaciones con la Tesorería, lo que se traducía en un mayor trabajo, por la confección de boletines, documentos y emisión de letras de cambio. Por eso, la ley 17.182 consignó un sistema parecido al que ahora repite el Ejecutivo en el veto.
El sistema de cobranza netamente judicial se cambió por uno administrativo-judicial; éste se puso en práctica hace más o menos ocho meses y es conveniente agilizarlo mediante una condonación como la propuesta.
Como Ministro debo declarar que el procedimiento de condonación no es conveniente como norma general, pues se contrapone a la formación de conciencia tributaria en la masa de contribuyentes, que por lo común cumple en plazo normal el pago de impuestos.
Respecto de la aseveración hecha por el Honorable señor Valente, basada en una circular emitida por funcionarios de Tesorería, debo declarar que el Ministro de Hacienda no tiene ningún compromiso incumplido con ellos.
El señor VALENTE.-
La Asociación de Empleados dice que sí.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).-
Reitero que no hay ningún compromiso incumplido con esos funcionarios.
El señor VALENTE.-
El documento tiene dos firmas responsables.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).-
Creo que mi palabra vale tanto como la de esos funcionarios.
He conversado personalmente con ellos y les he demostrado que no existe ningún compromiso incumplido. El único tema que el Ejecutivo ha estado dispuesto a considerar y discutir es el de la falta de personal. Al respecto, debo expresar que, aun cuando los funcionarios de Tesorería puedan estimar que su número es escaso, al iniciarse el actual Gobierno el Servicio contaba con 1.906 funcionarios, y en la actualidad tiene 2.900. Ha aumentado su dotación en más de cincuenta por ciento. Y no se ha creado una burocracia, pues realmente disponía de poco personal, aparte el hecho de haber asumido ahora nuevas funciones: se le incorporó todo un nuevo sistema de cobranza judicial de impuestos, cobranza que antes se ejercía por un organismo separado; creó todo un centro de procesamiento de datos; ha mecanizado su sistema de cuentas, todo lo cual, indiscutiblemente, requiere la presencia de más empleados.
Lo que el Gobierno estima útil y conveniente -y lo propondrá al Parlamento- es buscar un mecanismo para llenar con más agilidad las vacantes en Tesorería, ya que, de acuerdo con las normas vigentes, los sistemas de concurso importan largas demoras, lo cual hace que muchas veces los cargos queden sin ser provistos durante tres o cuatro meses.
El señor SILVA ULLOA.-
¿Me permite una interrupción, señor Ministro?
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).-
Con todo agrado.
El señor SILVA ULLOA.-
En la ley N° 17.182 -entiendo que es del año pasado- se crearon 129 cargos en el servicio de Tesorería; han pasado mucho más de cuatro meses y las vacantes aún no han sido llenadas, en circunstancias de que el
Gobierno, cuando pidió la autorización para crear dichas plazas, manifestó que estaba en condiciones de proveerlas.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).-
Quiero agregar que, en cuanto al problema del personal, creemos que debe buscarse un sistema para contratar suplencias, ya que en Tesorería, por el hecho de ser mujeres gran parte de su personal y por otras causales, el porcentaje de licencias es del orden de 12%, lo cual obliga a buscar un mecanismo distinto del consignado en el Estatuto Administrativo, que permita -repito- los contratos de suplencia para reemplazar personal en determinados períodos.
He tenido conversaciones con funcionarios de Tesorería y creo haber llegado a una solución sobre esta materia.
El señor CHADWICK.-
Me interesa en especial que el señor Ministro tenga la gentileza de informar al Senado acerca del monto a que ascienden las contribuciones morosas, porque se barajan cifras muy diversas, y el fenómeno mismo indica la existencia de un mal que debemos corregir. No sé si la cantidad dada por el Honorable señor Valente está de acuerdo con la realidad.
El señor VALENTE.-
Fue un dato entregado en la Comisión por los dirigentes del gremio y está, además, consignado en el informe.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).-
En realidad, no conozco los datos entregados por los funcionarios, pero sí puedo dar el que me proporcionó el Tesorero General de la República al solicitárselo. Me dijo que los impuestos no pagados ascendían aproximadamente a mil millones de escudos. Sin duda, dicha cantidad se eleva si se le agregan los intereses penales y multas. Pero de ella no he restado lo correspondiente a convenios celebrados en cumplimiento de leyes anteriores de condonación, ni tomado en cuenta el porcentaje de una tributación no cobrada por muchos años, que debe ser sacrificado porque corresponde a sumas pequeñas, cuyo costo de recaudación sería más elevado que el monto que podría recuperarse. Estimo que una cobranza de este tipo daría un rendimiento del orden de setenta u ochenta millones de escudos como máximo.
A fines del año pasado y a comienzos del presente, en virtud de la ley de consolidación anterior se logró una recaudación cercana a los 300 millones de escudos por impuestos impagos, porque era mayor la suma de tributos atrasados. Esa ley operó hasta el 8 de enero; pensamos que en esa oportunidad se hizo el mayor pago posible de tributos y que de él sólo quedaron al margen un pequeño número de personas que no pudieron acogerse al beneficio. De ahí que ahora sea recuperable sólo la cifra indicada.
El señor CHADWICK.-
Agradezco al señor Ministro las explicaciones.
Al mismo tiempo, quisiera preguntar por qué razón, a pesar de que la disposición en debate tuvo su origen en el Ejecutivo, de que la Cámara la aprobó y de que seguramente será aceptada por el Senado, se han estado publicando costosos avisos de remates de bienes raíces por el no pago de contribuciones.
Entiendo que cada página de "El Mercurio" debe de costar unos cuarenta mil escudos.
Y esas publicaciones se han hecho, no obstante saberse que se iba a dar plazo de 120 días para pagar los respectivos impuestos y a pesar de que prácticamente no se procederá a efectuar ningún remate mientras no expire ese lapso consignado en la observación al artículo 30 del proyecto.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).-
Voy a contestar al Honorable señor Chadwick.
La experiencia ha demostrado que paralizar el procedimiento judicial de cobranza compromete el éxito del sistema de consolidación.
¿Por qué se han hecho las publicaciones en este período? Porque los remates estaban ya fijados en virtud de la legislación vigente. Pero en la actualidad no se anuncian otros, a la espera de que la disposición en debate se promulgue. Insisto: la mayoría de los remates ya publicados estaban programados; y para que la cobranza por procedimiento judicial tenga real éxito no deben suspenderse, porque si no se utiliza ese elemento de presión el deudor moroso sencillamente no se acoge a la ley de consolidación, a pesar de los incentivos que ella importa.
El señor CHADWICK.-
Me parece bastante irregular el procedimiento, porque se imponen costas subidísimas e innecesarias a los contribuyentes morosos, y porque cada deudor en mora por contribuciones de bienes raíces pagará su deuda o soportará el remate. No tiene escapatoria. Si se lo somete a estos gastos adicionales inútiles, lo único que se hace es recargar el gravamen.
En seguida, se crea un estado de angustia en los contribuyentes que no han podido pagar hasta ahora, lo cual puede conducirlos a hacer sacrificios indebidos. Si es voluntad del legislador conceder facilidades, si el Presidente de la República así lo ha manifestado en su iniciativa, si la Cámara de Diputados también es partidaria de ello, y si se sabe que el Senado será coincidente en tal propósito, ¿para qué amenazar a miles de personas, que no conocen la tramitación respectiva, con que pagarán 75% de más en multas, recargos, intereses, sanciones, etcétera?
A mi juicio, se está procediendo en términos inaceptables con los contribuyentes morosos.
Si el Gobierno tenía resuelta esta medida y ya el Congreso estaba aprobando la iniciativa legal pertinente, no debieran haberse hecho las publicaciones que mencioné denantes.
El señor CONTRERAS.-
La disposición en debate fue aprobada por la Cámara.
Estimo conveniente que el señor Ministro de Hacienda recoja las observaciones aquí formuladas referentes a la falta de personal de la Tesorería. Considero atendibles sus explicaciones en cuanto a la escasez de funcionarios y a lo engorroso que significa llamar a concurso; pero, a mi juicio, ha habido bastante lenidad en este aspecto, pues la ley 17.182 autorizó al Ministerio de Hacienda para llamar a concurso y proveer algunos cargos en la Tesorería. Dicho cuerpo legal se publicó el 9 de septiembre de 1969, y creo, sin lugar a equivocarme, que sólo recientemente se llamó a concurso, fijando plazo desde el 1? hasta el 10 de agosto próximo.
El señor ZALDIVAR (Ministro de Hacienda).-
Los 129 cargos primitivamente vacantes se llenaron. El sistema fue lento, pues el encasillamiento del personal debió hacerse por ascensos, trámite que corresponde a la Contraloría General de la República. Una vez producidas las nuevas vacantes, el mes pasado, autoricé la provisión de los 160 cargos restantes, que corresponden a los llamados a concurso recién hechos.
El señor CONTRERAS.-
Como dije, el 1° de agosto se llamará a concurso.
En mi opinión, el problema se soluciona llenando esas vacantes, pues todos conocemos las condiciones de trabajo del personal de la Tesorería y el volumen de sus obligaciones.
Dados los antecedentes aquí expuestos, considero que no nos queda otro camino que dar nuestros votos favorables a la disposición en debate.
-Se aprueba la observación.
El señor FIGUEROA (Secretario).-
En seguida, corresponde ocuparse en el primer artículo nuevo propuesto por el Ejecutivo, aprobado por la Cámara.
La Comisión de Gobierno, por 3 votos contra 1, recomienda aprobarlo. Por su parte, la de Hacienda, por unanimidad, propone igual predicamento.
El señor PABLO (Presidente).-
En discusión.
Ofrezco la palabra.
El señor VALENTE.-
Señor Presidente, votaremos favorablemente el artículo nuevo.
Procedemos así considerando la grave situación económica que se crearía, en especial en el departamento de Arica, después del 26 de octubre del año en curso, ya que si no se prorroga el plazo nos encontraríamos con un problema bastante serio debido a la cesantía de los trabajadores de algunas industrias automotrices.
Estimamos excesivo el plazo de dos años, por considerar que debe ser responsabilidad del próximo Gobierno la fijación de las condiciones y de la política por seguir en una actividad tan importante para nuestra economía como es la industria automotriz. Las pocas fábricas de vehículos motorizados que quedan en el departamento de Arica no podrían continuar sus actividades, lo que originaría, repito, la cesantía de su personal.
Conviene hacer presente en esta ocasión nuestra protesta por la infeliz política seguida por la Comisión Automotriz de la Corporación de Fomento, que, tras favorecer a dos empresas poderosas, pretende eliminar a otras industrias en desarrollo.
El país conoce las denuncias fundadas que se han hecho • con relación al fraude cometido por la Ford Motor Company en contra del interés nacional. Sorprendida esa empresa internando partes y piezas sin pagar los derechos aduaneros, se estableció que por ese concepto la Ford Motor Company había burlado al país impuestos por valor de 7 millones de dólares, según la denuncia documentada del ex funcionario de la Comisión Automotriz, Gastón Le Beuffe, destituido precisamente por defender los intereses nacionales. Si a la cantidad defraudada por esa compañía agregamos lo que correspondería pagar por multas y recargos, el fraude alcanza a 21 millones de dólares.
La Ford Motor Company y la General Motors son dos empresas regalonas del Gobierno, y la política de la Comisión Automotriz de la CORFO está encaminada casi en forma exclusiva a favorecer a esas dos empresas, perjudicando o tratando de liquidar a otras industrias más pequeñas.
Un hecho revela nuestra afirmación, Durante los años 1968, 1969 y 1970, la Comisión Automotriz fijó en 58% la integración de partes y piezas nacionales. Había comenzado esta exigencia con 25% el año 1962, a raíz de la dictación de la ley 12.919 y del decreto 835. Cada año, después de 1962, el porcentaje de integración aumentaba en 5%, considerando la capacidad de la industria complementaria nacional para abastecer de partes y piezas a la industria matriz. Pues bien, esa Comisión fijó para 1971 un porcentaje de integración de 70%, a sabiendas de que el resto de las industrias automotrices, con excepción de la Ford y de la General Motors, no podrán cumplirla, no por falta de interés en llegar a una meta de integración mayor, sino porque no hay capacidad en la industria complementaria nacional para abastecer de las partes y piezas necesarias para cumplirla.
¿Cuál es la fórmula que la Comisión Automotriz pretende aplicar en 1971 para exigir ese 70%? Una muy sencilla, pero muy lesiva también para el verdadero desarrollo económico de una industria nacional tan importante como la automotriz. Se permitirá a la Ford y a la General Motors que cumplan esa integración utilizando partes y piezas elaboradas por sus subsidiarias en Argentina, Brasil y otros países de la ALALC, internadas libres de derechos y de todo gravamen y consideradas, para los efectos de dicha integración, como partes y piezas nacionales.
Todos sabemos que traer esas partes y piezas por intercambio de ALALC representa para nuestro país, primero, limitar el desarrollo de nuestra industria complementaria de partes y piezas, que en algunos años puede adquirir extraordinaria importancia si se aplica una política realista y patriótica en la zona; y segundo, subvencionar a las industrias extranjeras productoras de partes y piezas con un desembolso de divisas atentatorio para nuestra economía, ya que este intercambio representa para Chile pagar tres veces el valor de las fabricadas en nuestro país. Y hay que pagarlas en dólares.
El porcentaje de 70% de integración exigido para 1971 por la Comisión Automotriz es superior al establecido en países como Colombia, Venezuela y Méjico, donde el desarrollo de esta industria es más avanzado que el nuestro, porque tiene más años de perfeccionamiento, de práctica y de experiencia. Venezuela y Colombia, por ejemplo, exigen 30% de integración, y Méjico, que tiene el desarrollo integral de esa industria, establece sólo 65%.
Estimamos que el Gobierno debe recapacitar en esta política. Solicito al señor Ministro de Economía, presente en la Sala, ordenar una revisión de los acuerdos de la Comisión Automotriz. Además, solicito entregar los antecedentes expuestos al Contralor, para que inicie una investigación de la denuncia formulada contra la Ford Motor Company, por el cuantioso fraude hecho al erario.
Nada más, señor Presidente.
El señor PABLO (Presidente).-
Se levanta la sesión.
"
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